Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución 219/97 del 31/10/97




Comisión Nacional de Zonas de Seguridad



ZONAS DE SEGURIDAD



Resolución 219/97



Deléganse en determinados funcionarios, facultades resolutivas
para los trámites de previa conformidad.



Bs. As., 31/10/97



B.O.: 11/12/97



VISTO las facultades conferidas a la Comisión Nacional
de Zonas de Seguridad. por Decreto Nº 15.385 del 13 de junio
de 1944 (ratificado por Ley Nº 12.913), los Decretos Nº
1409 y 1410 del 03 de diciembre de 1996 y Decreto Nº 1015
del 29 de septiembre de 1997, y


CONSIDERANDO:


Que el artículo 17 del Decreto Nº 1410/96, faculta
al Presidente de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad,
en cumplimiento a las competencias legalmente asignadas, a ordenar
y sistematizar las normas que regulan el ejercicio de la Policía
de Radicación.


Que el cumulo de funciones que ejerce el Secretario de Seguridad
Interior. quien en virtud del Artículo 2º del Decreto
Nº 1409/ 96, es el Presidente de la Comisión Nacional
de Zonas de Seguridad, determina la necesidad de delegar en funcionarios
de la mencionada Secretaría de Estado, facultades resolutivas
para los trámites de previa conformidad.


Que a raíz de la modificación de la estructura organizativa,
realizada mediante Decreto Nº 1015/97, se considera conveniente
dictar una nueva norma para determinar las facultades resolutivas
señaladas en el considerando precedente.


Por ello,


EL PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DE ZONAS DE SEGURIDAD

RESUELVE:


Artículo 1º-Delegar las facultades resolutivas
para los trámites de previa conformidad, de acuerdo a lo
puntualizado a continuación:


1) Transmisión de inmuebles urbanos:


- Cuando corresponda: Director de Seguridad de Frontera.


2) Transmisión de inmuebles rurales:


a) Personas físicas extranjeras o argentinas naturalizadas:



- Hasta 1.000 ha.: Director de Seguridad de Fronteras.


- Más de 1.000 y hasta 5.000 ha.: Director Nacional de
Asuntos Técnicos de Seguridad.


- Más de 5.000 y hasta 10.000 ha.: Subsecretario de Asuntos
Técnicos de Seguridad.


b) Personas jurídicas argentinas y extranjeras:


- Hasta 1.000 ha.: Director de Seguridad de Fronteras.


- Más de 1.000 ha. y hasta 5.000 ha.: Director Nacional
de Asuntos Técnicos de Seguridad.


- Más de 5.000 ha. y hasta 10.000 ha.: Subsecretario de
Asuntos Técnicos de Seguridad.


3) Concesiones y permisos:


a) Personas físicas:


- Cuando los concesionarios o permisionarios sean argentinos nativos,
argentinos naturalizados y extranjeros: Director de Seguridad
de Fronteras.


b) Personas Jurídicas:


- Cuando las concesionarias o permisionarias sean argentinas y
extranjeras: Director Nacional de Asuntos Técnicos de Seguridad.



4) Transformación, fusión o escisión de sociedades
y transferencias de acciones:


- Subsecretario de Asuntos Técnicos de Seguridad.


5) Sistemas y medios de comunicación:


- Director de Seguridad de Fronteras.


Art. 2º-Derógase la Resolución Nº
216 del 10 de febrero de 1996 (C.N.Z.S.).


Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase.-
Adrián J. Pelacchi.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución 219/97 del 31/10/97