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Resolución 220/98 del 23/02/98




Secretaría General



ADHESIONES OFICIALES



Resolución 220/98



Declárase de interés nacional a la 1° Exposición
Internacional de la Ingeniería "Expoingenieria" 98",
a desarrollarse en h ciudad de Buenos Aires.



Bs. As., 23/02/98.



B. O.: 26/02/98.



VISTO el Expediente N° 020-001175/97 del Registro del Ministerio
de Economía y Obras y Servicios Públicos por medio
del cual tramita la presentación efectuada por el Centro
Argentino de Ingenieros solicitando se declare de interés
nacional a la 1° Exposición Internacional de la Ingeniería
"Expoingeniería"98", y


CONSIDERANDO:


Que este importante acontecimiento brinda la posibilidad de mostrar
al público en general lo que ha hecho, lo que hace y está
en condiciones de hacer la ingeniería.


Que es propósito de la entidad organizadora aprovechar
la tecnología creada o adaptada en el país, generando
un uso racional de los recursos y, de esta manera preservar la
experiencia acumulada, ampliándola y generalizándola.



Que los antecedentes de la institución organizadora y las
razones que inspiran a los peticionantes amerita que el acontecimiento
sea declarado de interés nacional.


Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS propicia
el dictado del presente acto administrativo.


Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO ha tomadora intervención correspondiente dictaminando
favorablemente.


Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas
por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y
sus modificatorios.


Por ello,


EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:


Artículo 1°- Declárase de interés
nacional a la 1° Exposición Internacional de la Ingeniería
"Expoingeniería"98", a desarrollarse en la ciudad
de Buenos Aires, del 23 al 27 de noviembre de 1.998.


Art. 2°- La declaración otorgada por el artículo
1° del presente acto administrativo no generará ninguna
erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001
- SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.


Art. 3°- Regístrese, publíquese, comuníquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. - Alberto A. Kohan.

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