Ministerio de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Resolución 220/98
Apruébase un plan de intercambio compensado presentado
por 1a firma Teknopres S.A
Bs. As., 31/3/98
B.O: 3/4/98
VISTO el expediente Nº 060-001919/97, del registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma TEKNOPRES S.A., con domicilio en Ruta Provincial
N° 36 -Km 37,500- Berazategui - Provincia de Buenos Aires,
solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado
que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente
de la industria automotriz.
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19 de la Resolución
ex-S. M. e I. N9 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias
Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre
de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de
abril de 1997.
Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
en los artículos 69 y 14 del Decreto Nº 33 del 15
de enero de 1996 y en el artículo 19 de la Resolución
ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias
Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre
de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de
abril de 1997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA RESUELVE:
Artículo 1º-Apruébase el plan de intercambio
compensado presentado por la firma TEKNOPRES S.A., con domicilio
en Ruta Provincial N° 36 - Km 37,500 - Berazategui - Provincia
de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo
de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente resolución se
regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996,
por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril
de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº
175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y
M. N° 291 del 11 de abril de 1997 y por la presente, como
así también por los compromisos asumidos por la
beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. N° 060-001919/97.
Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma TEKNOPRES S.A. constituye domicilio
especial en Av. Belgrano 367 - Piso 10 - Capital Federal, donde
serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales
que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia
o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional
en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4º-La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5º-Remítase copia de la presente resolución
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6º-Notifiquese a la interesada.
Art. 7º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto
A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 220
Expediente N° 060-001919/97
Empresa: TEKNOPRES S.A.
Productos a Exportar:
POSICION N.C.M. | DESCRIPCION; |
8708.39.00 | Pedalera |
8708.39.00 | Palanca freno de mano |
8708.39.00 | Disco portafrenos |
8708.99.00 | Cuerpo mecanismo cinturón de seguridad |
8708.99.00 | Lenguetas y trabas cinturón de seguridad |
8708.99.00 | Tapas y bafles silenciadores |
8708.99.00 | Refuerzo interno carrocería |
8708.99.00 | Rieles corredora asientos |
Productos a Importar:
POSICION N.C.M. | DESCRIPCION |
7318.16.00 | Tuercas |
7318.15.00 | Tornillos y Pernos |
7318.22.00 | Arandelas |
8708.29.99 | Bujes |
7318.23.00 | Remaches |
7326.90.00 | Placa fijación bisagra automóvil |