Secretaría de Comunicaciones TELECOMUNICACIONES Resolución 2267/97 Confirmase el otorgamiento de licencias en régimen de
competencia para la prestación de Servicios de Avisos a
Personas, Transmisión de Datos, Videoconferencia, Transporte
de Señales de Radiodifusión y de Valor Agregado. Bs. As., 28/7/97 B.O: 6/8/97
VISTO el Expediente Nº 38.751/96, del registro de la ex-COMISION
NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, en el cual se gestiona en favor
de CALLBI S. A., el otorgamiento de la licencia definitiva para
la prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen
de competencia, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 731 del 12 de setiembre de 1989, modificado
por su similar Nº 59 del 5 de enero de 1990, estableció
que los servicios de telecomunicaciones no considerados básicos
o declarados en régimen de exclusividad por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, serán prestados en régimen de competencia.
Que los Decretos Nros. 62 del 5 de enero de 1990 y 1185 del 22
de junio de 1990 y sus modificatorios, establecen que los interesados
en la prestación de servicios de telecomunicaciones en
régimen de competencia, deberán obtener la respectiva
licencia.
Que las Resoluciones dictadas por la ex-COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
Nros. 477 del 17 de febrero de 1993 y 996 del 12 de marzo de 1993
y la similar Nº 5623, dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES
el 28 de noviembre de 1996, establecen el régimen y los
requisitos para la obtención de las licencias de prestación
de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia.
Que oportunamente se concedió a CALLBI S. A., licencia
en régimen de competencia, por el término de NOVENTA
(90) DIAS, para posibilitar, dentro de ese lapso, la regularización
de la documentación presentada, en un todo de acuerdo a
lo establecido en el artículo 1º de la Resolución
Nº 996 dictada por la ex-COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
el 12 de marzo de 1993.
Que a la fecha la recurrente ha dado cumplimiento a dicho requisito,
por lo que corresponde confirmar el otorgamiento de la licencia
solicitada.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del Anexo II del Decreto Nº 1620/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º-Confirmase el otorgamiento a CALLBI
S. A. de la licencia en régimen de competencia para la
prestación del SERVICIO DE AVISOS A PERSONAS, establecido
en el Artículo 1º de la Resolución Nº
59, dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, el 21 de enero
de 1997.
Artículo 2º-Confrmáse el otorgamiento
a CALLBI S. A. de la licencia en régimen de competencia
para la prestación del SERVICIO DE TRANSMISION DE DATOS,
en el ámbito Nacional, establecido en el Artículo
2º de la Resolución Nº 59, dictada por la SECRETARIA
DE COMUNICACIONES, el 21 de enero de 1997.
Artículo 3º-Confirmase el otorgamiento a CALLBI
S. A. de la licencia en régimen de competencia para la
prestación del SERVICIO DE VIDEOCONFERENCIA, establecido
en el Artículo 3º de la Resolución Nº
59, dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, el 21 de enero
de 1997.
Artículo 4º-Confirmase el otorgamiento a CALLBI
S. A. de la licencia en régimen de competencia para la
prestación del SERVICIOS DE TRANSPORTE DE SEÑALES
DE RADIODIFUSION, establecido en el Artículo 4º de
la Resolución Nº 59, dictada por la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES, el 21 de enero de 1997.
Artículo 5º-Confirmase el otorgamiento a CALLBI
S.A. de la licencia en régimen de competencia para la prestación
de los SERVICIOS DE VALOR AGREGADO, establecido en el Artículo
1º de la Resolución Nº 142, dictada por la SECRETARIA
DE COMUNICACIONES, el 31 de enero de 1997.
Art. 6º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Germán
Kammerath.