Secretaría de Culto CULTO Resolución 2319/97 Reconócese a las Hermanas de Santa Dorotea de Cemmo
como persona jurídica y entidad de bien público. Bs. As., 22/8/97 B.O: 2/9/97
VISTO lo solicitado por las HERMANAS DE SANTA DOROTEA DE CEMMO,
y
CONSIDERANDO:
Que las HERMANAS DE SANTA DOROTEA DE CEMMO, es un Instituto de
Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado
su carácter de persona jurídica pública dentro
de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas
del Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus constituciones,
decreto de erección memoria y constancia de su admisión
en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobadas por la autoridad
eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1º de la ley 24.483.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º-Reconócese como persona
jurídica a las HERMANAS DE SANTA DOROTEA DE CEMMO, con
sede legal y domicilio especial en calle Juan Agustín García,
número TRES MIL CUARENTA Y DOS (3042), CAPITAL FEDERAL,
la que queda inscripta bajo el número NOVENTA Y NUEVE (99)
del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º-Reconócese a dicho Instituto de Vida
Consagrada el carácter de entidad de bien público,
a todos los efectos que correspondan.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel
M. Centeno.