Secretaría de Culto CULTO Resolución 2381/97 Reconócese a la Congregación de Hermanas Mercedarias
de la Caridad como persona jurídica y entidad de bien público. Bs. As., 27/8/97 B.O: 10/9/97
VISTO lo solicitado por la CONGREGACION DE HERMANAS MERCEDARIAS
DE LA CARIDAD, y
CONSIDERANDO:
Que la CONGREGACION DE HERMANAS MERCEDARIAS DE LA CARIDAD, es
un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal
ha acreditado su carácter de persona jurídica pública
dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme lo normado
por el Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constituciones
vigentes, decreto de erección, memoria y constancia de
admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados
por la autoridad eclesíastica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1° de la ley 24.483.
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º-Reconócese como persona
jurídica a la CONGREGACION DE HERMANAS MERCEDARIAS DE LA
CARIDAD, con sede legal y domicilio especial en calle Sarandí,
número NOVECIENTOS OCHENTA (980), CAPITAL FEDERAL, la que
queda inscripta bajo el número CIENTO UNO (101) del Registro
de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º-Reconócese a dicho Instituto de Vida
Consagrada el carácter de entidad de bien público,
a todos los efectos que correspondan.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel
M. Centeno.