Secretaría de Culto CULTO Resolución 2383/97 Reconócese a las Religiosas Misioneras de la Inmaculada
Concepción como persona jurídica y entidad de bien
público. Bs. As., 27/8/97 B.O.: 15/09/97
VISTO lo solicitado por las RELIGIOSAS MISIONERAS DE LA INMACULADA
CONCEPCION, y
CONSIDERANDO:
Que las RELIGIOSAS MISIONERAS DE LA INMACULADA CONCEPCION, es
un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal
ha acreditado su carácter de persona jurídica pública
dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las
normas del Código de Derecho Cañonico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constituciones
vigentes, decreto de erección, memoria, debidamente aprobados
por la autoridad eclesiástica y constancia de su admisión
en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que la peticionante, que anteriormente funcionaba bajo la forma
de Asociación Civil con el nombre de "ASOCIACION CULTURAL
DE LA INMACULADA" (Registro de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA:
C.3610), ha optado por continuar funcionando únicamente
bajo la forma aprobada por la ley 24.483, transfiriendo la totalidad
de sus bienes en los términos del artículo 3°
de dicha ley y del artículo 16, segundo párrafo,
del decreto 491/95.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1° de la ley 24.483.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1°-Reconócese como persona
jurídica a las RELIGIOSAS MISIONERAS DE LA INMACULADA CONCEPCION,
con sede legal en calle Rondeau, número QUINIENTOS SESENTA
(560), ciudad de SAN MIQUEL DE TUCUMAN, PROVINCIA DE TUCUMAN y
domicilio especial en calle Sarmiento, número UN MIL OCHOCIENTOS
TREINTA Y SIETE (1837), CAPITAL FEDERAL, la que queda inscripta
bajo el número CIENTO DOS (102) del Registro de Institutos
de Vida Consagrada.
Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida
Consagrada el carácter de entidad de bien público,
a todos los efectos que correspondan.
Art. 3°-Hágase saber a la INSPECCION GENERAL
DE JUSTICIA, que la institución inscripta, que anteriormente
funcionaba bajo la forma de Asociación civil con el nombre
de "ASOCIACION CULTURAL DE LA INMACULADA" (Registro
C.3610) ha optado por continuar funcionando bajo la forma aprobada
por la ley 24.483, transfiriendo la totalidad de sus bienes en
los términos del artículo 3. de dicha ley.
Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel
M. Centeno.