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Resolución 247/96 del 11/12/96





Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 247/96

Reprográmase, con carácter de excepción,
el pago del Sueldo Anual Complementario correspendiente al segundo
semestre del corriente año.


Bs. As., 11/12/96

ViSTO, lo dispuesto por la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional y su reglamentación, y

CONSIDERANDO:

Que frente a la delicada situación por la que atraviesa
el Erario Público. en lo que se refiere al cierre, en el
corriente año, del presupuesto de Caja del Sector Püblico
Nacional, es menester tomar los recaudos pertinentes a fin de
reprogramar, con carácter de excepción, el pago
del Sueldo Anual Complementario correspondiente al segundo semestre
del año 1996 en el ámbito del Sector Püblico
Nacional.

Que se hace necesario arbitrar las medidas que compatibilicen
los pagos correspondientes a los gastos en personal de las jurisdicciones.
entidades y empresas que lo componen.

Que teniendo en cuenta la característica particular que
reviste la flnalizacion del año calendario en que se produce
la reprogramación de pagos aludida, debe contemplarse como
prioridad absoluta la situncion de aquellos agentes de menores
ingresos mensuales.

Que a tal efecto, es dable propiciar el desdoblamiento del pago
del Sueldo Anual Complementario io entre los agentes que perciban
una retribución bruta total mensual, normal, habitual,
regular y permanente de hasta MIL PESOS ($ I.000.-) inclusive
y aquellos otros que superen dicho importe, tomando como base
los haberes del mes de noviembre de 1996.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los articulos 6°, 73 y 74 y concordantes de la Ley N°
24.156.

Por ello.

EL SECRETARIO

DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°-Los responsables de disponer pagos
en las jurisdicciones y entidades de la Administración
Pública Nacional comprendidas en el artículo 8°
de la Ley N° 24.156, incluídas las

Universidades Nacionales, deberán efectuar el pago del
Sueldo Anual Complementario a su perso-

nal, correspondiente al segundo semestre del año 1996,
según el Anexo I que forma parte de la presente resolución.

Art. 2°-Facúltase a la TESORERIA CENERAL DE
LA NACION y la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, dentro de sus
competencias específicas. a dictar las instrucciones y
aclaraciones que sean menester, para la aplicación de lo
dispuesto en la presente resolución.

Art.3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Pablo
E. Cuidotti.

ANEXO I

Retribución Bruta Total, Mensual, Fecha de Pago
Normal,



Habitual, Regular y Permanente de los
agentes



(correspondiente al mes de noviembre de
1996)



Hasta MIL PESOS ($ 1000) inclusive Segunda quincena de diciembre de 1996



Superior a MIL PESOS ( $ 1000) A partir del 2 de enero de 1997.




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