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Resolución 247/98 del 04/03/98




Comisión Nacional de Comunicaciones



SERVICIOS POSTALES



Resolución 247/98



Inscríbese a la empresa Age Postal S.R.L. en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales.



Bs. As., 4/3/98



B.O: 10/03/98



VISTO el expediente Nº 1057 del Registro de la COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES de 1998, y



CONSIDERANDO:



Que en las presentes actuaciones la firma AGE POSTAL S.R.L.
ha solicitado su inscripción en el Registro Nacional de
Prestadores de Servicios Postales.



Que en relación a lo peticionado han sido cumplidas
la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo
11 del Decreto Nº 1187/93 modificado por el Decreto Nº
115/97.



Que de la documentación aportada puede inferirse que
quienes forman parte de los órganos de administración
o control de la persona ideal de marras no han sido condenados
por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155,
156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.



Que ha sido presentada la declaración jurada prevista
por el artículo 14 del decreto ya referido.



Que asimismo se efectúo el formal cumplimiento a la
totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo
1º inc. d) del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.




Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias,
en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de
la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas
31/32 y manifiesta no tener objeciones de índole legal
que formular.



Que en consecuencia procede disponer la inscripción
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de
la firma denominada AGE POSTAL S.R.L..



Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades
contenidas en el artículo 6º inciso d) del Decreto
Nº 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y
en la Resolución CNC Nº 31/98.



Por ello,



EL DIRECTOR DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:



Artículo 1º -Declárase que la empresa AGE
POSTAL S.R.L. ha cumplido con la totalidad de los requisitos,
previstos en el Decreto Nº 1187/93, y sus modificatorios,
para su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios Postales, por lo que se entiende su calidad de Prestador
de Servicios Postales.



Art. 2º-Inscríbese a la empresa referida en el
Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el
número QUINIENTOS VEINTIUNO (521).



Art. 3º-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívese.-Federico N. A. Luján de la Fuente.



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