Secretaría de Comunicaciones.
TELECOMUNICACIONES
Resolución 2603/97
Asígnase una numeración adicional con carácter
transitorio, a la Cooperativa Integral de Provisión de
Beneficios Públicos, Vivienda y Consumo de Villa Carlos
Paz Limitada.
Bs. As., 4/9/97
B.O: 17/9/97
VISTO lo dispuesto por el Decreto N° 1620/96, lo tramitado
en el Expediente N° EXPCNC E.004297/
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 46/97 se aprobó
el Plan Fundamental de Numeración Nacional.
Que de acuerdo al Decreto N° 1620/96 corresponde a esta Secretaría
administrar los Planes Técnicos Fundamentales.
Que el operador independiente COOPERATIVA INTEGRAL DE PROVISION
DE SERVICIOS PUBLICOS, VIVIENDA Y CONSUMO DE VILLA CARLOS PAZ
LIMITADA ha solicitado numeración adicional para ser utilizada
en el servicio básico telefónico dentro de su área
de exclusividad.
Que la numeración actual de la mencionada Cooperativa ocupa
el nivel CINCO (5) del indicativo Interurbano 541, donde tiene
asignado un bloque de un mil números.
Que en base a los datos disponibles, la cantidad de líneas
de abonado en funcionamiento a fines del año 1996 es ligeramente
mayor que OCHOCIENTOS (800), resultando un grado de ocupación
efectivo de la numeración mayor que OCHENTA por ciento
(80 %), que fundamenta la ampliación que se propone.
Que las cantidades solicitadas son razonables y acordes con la
utilización que se prevé.
Que tanto la Gerencia de Ingeniería de la COMISION NACIONAL
DE COMUNICACIONES como el Servicio Jurídico Permanente
de este organismo han tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Anexo II del Decreto 1620/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1°-Asígnase, con carácter
transitorio-ya que el operador independiente deberá cumplir
con el procedimiento de migración dispuesto en el Plan
Fundamental de Numeración Nacional-a la COOPERATIVA INTEGRAL
DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS, VIVIENDA Y CONSUMO DE VILLA
CARLOS PAZ LIMITADA la numeración adicional para ser usada
según el Anexo I que forma parte de la presente.
Art. 2º-Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Germán Kammerath.
ANEXO I
Numeración asignada a la COOPERATIVA INTEGRAL DE PROVISION
DE SERVICIOS PUBLICOS, VIVIENDA Y CONSUMO DE VILLA CARLOS PAZ
LIMITADA.
LOCALIDAD | CANTIDAD DE NUMEROS | INDICATIVO INTERURBANO | NUMERO LOCAL |
SAN ANTONIO DE ARREDONDO | 1.000 | 541 | 96 CDU |