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Resolución 2609/98 del 16/07/98




Secretaría de Culto


CULTO


Resolución 2609/98


Reconócese como persona jurídica y entidad de
bien público a la Junta de Institutos Seculares en la Argentina.



Bs. As., 16/7/98


B.O: 26/8/98


VISTO lo solicitado por la JUNTA DE INSTITUTOS SECULARES EN LA
ARGENTINA, y

CONSIDERANDO:

Que la JUNTA DE INSTITUTOS SECULARES EN LA ARGENTINA, constituye
un organismo para intercambios de experiencias espirituales y
apostólicas, mediante el cual los Institutos Seculares
del país buscan profundizar y desarrollar su carisma original,
según las normas de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA
y dentro de un marco de sano pluralismo eclesial, respetuoso de
la autonomía de cada institución y en comunión
constante con la CONFERENCIA EPISCOPAL ARGENTINA

Que son miembros de la JUNTA DE INSTITUTOS SECULARES EN LA ARGENTINA,
los Institutos Seculares canónicamente erigidos que actúan
en la República Argentina y que manifiesten su voluntad
de adherir a ella, aceptando los Estatutos.

Que como consecuencia de lo anteriormente expuesto, la CONFERENCIA
EPISCOPAL ARGENTINA ha aprobado los estatutos de la solicitante,
manteniendo relación eclesial con la misma a través
de un Obispo Delegado designado al efecto.

Que de todo ello, y, en particular, de la circunstancia de que
la JUNTA DE INSTITUTOS SECULARES EN LA ARGENTINA reúne
a los Institutos Seculares residentes en el país, se desprende
que la causante guarda analogía, con la CONFERENCIA ARGENTINA
DE RELIGIOSAS Y RELIGIOSOS (CONFAR), entidad que reúne
en su seno a las Superioras y Superiores Mayores de los Institutos
Religiosos y Sociedades de Vida Apostólica establecidos
en la Argentina y que fue reconocida por Resolución número
2162 de esta Secretaría de Culto, de fecha 25 de julio
de 1997.

Que el artículo 3°, inciso f) del decreto 491/ 95
autoriza a la inscripción en el Registro creado por la
Ley 24.483 a las personas jurídicas reconocidas como tales
por la autoridad eclesiástica competente, que guarden semejanza
o analogía con las otras personas a las que dicha norma
se refiere, lo que implica en este punto el reconocimiento civil
de lo estatuido por la autoridad eclesiástica, objetivo
de la Ley 24.483.

Que la solicitante ha cumplido con los demás requisitos
exigidos por la normativa vigente.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1° de la Ley 24.483 y del artículo 3° del decreto
491/95.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica
a la JUNTA DE INSTITUTOS SECULARES EN LA ARGENTINA, con sede legal
en calle Ambrosetti, número TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTAY
UNO (3851), Ciudad de San Justo, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y
domicilio especial en calle Venezuela, número TRES MIL
SETECIENTOS SESENTA Y OCHO (3768), departamento "A",
CIUDAD de BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número
CIENTO SETENTA Y DOS (172) del Registro de Institutos de Vida
Consagrada.

Art. 2º-Reconocer a la JUNTA DE INSTITUTOS SECULARES
EN LA ARGENTINA el carácter de entidad de bien público,
a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel
M. Centeno.

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