Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
PROGRAMAS DE EMPLEO
Resolución 270/98
Asígnanse recursos a las provincias de Córdoba,
Chaco, Chubut, Jujuy, La Pampa, Misiones, Neuquén, Río
Negro, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del
Estero, Tierra del Fuego y Tucumán para la aprobación
de proyectos del Programa Trabajar II, presentados durante el
mes de marzo de 1.998.
Bs. As., 31/03/98.
B. O.: 30/04/98.
VISTO la Ley Nº 24.013 por la cual el MINISTERIO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL tiene la facultad de entender en la elaboración
de Políticas y Programas de Empleo y Capacitación
Laboral; las Resoluciones M.T. y S.S. Nros.240 de fecha 16 de
abril de 1.997 y 259 de fecha 27 de marzo de 1.998; y
CONSIDERANDO:
Que es responsabilidad del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
la ejecución del Programa TRABAJAR II.
Que resulta importante a través de los Programas de Empleo
Transitorio contribuir a la realización de obras de infraestructura
social y servicios de promoción y desarrollo comunitario,
mejorar la calidad de vida de la población en particular
de sectores de menores recursos así como brindar ocupación
transitoria a los trabajadores pobres.
Que los recursos disponibles para el Programa TRABAJAR II se distribuyen
teniendo en cuenta el porcentaje de la población objetivo
por provincia, asegurando criterios de equidad en la cobertura
del mencionado Programa.
Que la Resolución M.T. y S.S. Nº 259/98 asigna fondos
para la ejecución de proyectos del Programa TRABAJAR II
aprobados en el mes de marzo de 1.998.
Que en pos de atender a la especial situación de emergencia
ocupacional que atraviesa la provincia de CORDOBA, CHACO, CHUBUT,
JUJUY, LA PAMPA, MISIONES, NEUQUEN, RIO NEGRO, SAN JUAN, SAN LUIS,
SANTA FE, SANTIAGO DEL ESTERO y TUCUMAN es necesario aprobar proyectos
por un monto superior al asignado por Resolución M.T. y
S.S. Nº 259/98.
Que durante el período invernal y como consecuencia de
la rigurosidad climática, las provincias de SANTA CRUZ
y TIERRA DEL FUEGO se vieron limitadas en la presentación
de proyectos potencialmente viables, lo que motivó la subutilización
del presupuesto.
Que las mencionadas provincias han solicitado aprobar proyectos
por un monto superior al asignado por Resolución M.T. y
S.S. Nº 259/98.
Que los fondos mencionados en los considerandos anteriores deberán
ser descontados de lo que se asigne a dichas provincias durante
el año 1.998.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º- Asignar a la provincia de CORDOBA
la suma de PESOS NOVECIENTOS SETENTA MIL ($ 970.000), CHACO la
suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL ($ 463.000), CHUBUT
la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL ($ 152.000), JUJUY
la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL ($ 233.000), LA
PAMPA la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL ($ 380.000), MISIONES
la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTE MIL ($ 620.000), NEUQUEN la
suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL ($ 114.000), RIO NEGRO la suma
de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL ($ 266.000), SAN JUAN la
suma de PESOS CIENTO CUATRO MIL ($ 104.000), SAN LUIS la suma
de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96.000), SANTA CRUZ la suma de
PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MIL ($ 138.000), SANTA FE la suma
de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 1.846.000),
SANTIAGO DEL ESTERO la suma de PESOS OCHENTA Y UN MIL ($ 81.000),
TIERRA DEL FUEGO la suma de PESOS SESENTA Y TRES MIL ($ 63.000)
y TUCUMAN la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL ($ 279.000)
para la aprobación de proyectos del programa TRABAJAR II
presentados durante el mes de marzo de 1.998.
Art. 2º- Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación,
remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones
y Biblioteca y archívese. - Antonio E. González.