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Resolución 280/92 del 28/2/92




Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos



TARIFAS


Resolución 280/92


Autorízase a Agua y Energía S.E y Servicios Eléctricos
del Gran Buenos Aires S.A a aplicar nuevos cuadros tarifarios.



Bs.As., 28/2/92


VISTO el Expediente Nº 750.012/92 del Registro de la SECRETARIA
DE ENEGIA ELECTRICA, y

CONSIDERANDO:

Que las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno Nacional en materia
impositiva hacen necesaria una adecuación de los cuadros
tarifarios a aplicar a usuarios residenciales de SERVICIOS ELECTRICOS
DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA y AGUA Y ENERGIA ELECTRICA
SOCIEDAD DEL ESTADO, con el fin de compensar los incrementos debidos
a los impuestos de aplicación directa con los decrementos
de los indirectos.

Que la Resolución M.E. y O. y S. P. Nº 111 del 24
de enero de 1992, establece los cuadros tarifarios vigentes para
los usuarios finales de AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL
ESTADO y SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA.


Que mediante la citada norma se han ajustado los valores tarifarios
fijados mediante la Resolución ex-M.E. Nº 194 del
27 de marzo de 1991, a efectos de absorver la disminución
de los gravámenes sobre la venta de energía eléctrica
a usuarios finales, determinada a través de los Artículos
Nros. 70 y 82 de la Ley Nº 24.065.

Que corresponde aplicar el mismo tratamiento a las tarifas para
usuarios electrointensivos, encuadrados en el Régimen Tarifario
establecido en la Resolución M.E. y O.y S.P. Nº 630
del 12 de julio de 1991, y prorrogada mediante la Resolución
M.E.y O.y S.P. Nº 1.767 del 30 de diciembre de 1991.

Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS está
facultado para el dictado de la presente norma, en virtud de lo
dispuesto en el Artículo 60 del Decreto Nº 435 del
4 de marzo de 1990, y el Artículo 20, Inciso 14 de la Ley
de Ministerios (T.O. 1983), modificada por el Artículo
6º de la Ley Nº 23.930.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Autorizar a AGUA Y ENERGIA ELECTRICA
SOCIEDAD DEL ESTADO y SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES
SOCIEDAD ANONIMA, a aplicar a sus usuarios finales encuadrados
en la Tarifa Nº 1-R - Pequeñas Demandas Uso Residencial,
desde las facturaciones que incluyan fechas de última lectura
de medidores posteriores a la cero hora del día 1 de marzo
de 1992, los valores tarifarios que figuran en el Cuadro del ANEXO
I que forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL
ESTADO y SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA,
aplicarán al resto de sus usuarios los valores emergentes
del Cuadro Tarifario aprobado mediante la Resolución M.E.y
O.y S.P. Nº 111 del 24 de enero de 1992.

ARTICULO 3º.- Autorizar a AGUA Y ENERGIA ELECTRICA
SOCIEDAD DEL ESTADO, a aplicar a los usuarios electrointensivos
encuadrados en el Régimen de la Resolución M.E.
y O.y S.P. Nº 630 del 12 de julio de 1991, prorrogada mediante
la Resolución M.E. y O.y S.P. Nº 1.767 del 30 de diciembre
de 1991, la tabla de valores tarifarios que como ANEXO II forma
parte integrante de la presente resolución, a partir de
las facturaciones que incluyan fecha de última lectura
de medidores posteriores al 1 de marzo de 1992.

ARTICULO 4º.- Notifíquese a las empresas SERVICIOS
ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA y AGUA Y ENERGIA
ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO. Dése a conocimiento a las
municipalidades de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, y de los partidos
de: ALMIRANTE BROWN, AVELLANEDA, BERAZATEGUI, BERISSO, CAÑUELAS,
CORONEL BRANDSEN, ENSENADA, ESTEBAN ECHEVERRIA, ESCOBAR, FLORENCIO
VARELA, GENERAL LAS HERAS, GENERAL SARMIENTO, GENERAL RODRIGUEZ,
GENERAL SAN MARTIN, LANUS, LA PLATA, LOMAS DE ZAMORA, LA MATANZA,
MAGDALENA, MARCOS PAZ, MERLO, MORENO, MORON, PILAR, QUILMES, SAN
FERNANDO, SAN ISIDRO, SAN VICENTE, TRES DE FEBRERO, TIGRE y VICENTE
LOPEZ de la provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Domingo F. Cavallo.

















ANEXO I DE LA RESOLUCION M.E.y O.y S.P. Nº: 280/92
CUADRO TARIFARIO A APLICAR POR
AGUA Y ENERGIA ELECTRICA S.E. Y
SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES S.A.
Tarifa Nº 1-R Pequeñas demandas uso residencial.

Unidad
Importe
Cargo fijo sin derecho a consumo $/bim
2,34
Los primeros 300 kwh/bim $/kwh
0,0649
Excedente de 300 kwh/bim$/kwh
0,0963






















ANEXO II DE LA RESOLUCION M.E.y O.y S.P. Nº: 280/92
CUADRO TARIFARIO A APLICAR POR AGUA Y ENERGIA ELECTRICA S.E. A USUARIOS ENCUADRADOS EN EL REGIMEN DE LA RESOLUCION M.E. y O. y S.P. Nº 630/91
Factor de
utilización
Tarifa
Dolar/Mwh
0,60 34,70
0,65 32,27
0,70 30,19
0,75 28,39
0,80 26,82
0,85 25,42
0,90 24,18
0,95 23,08
1,00 22,08




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