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Resolución 289/98 del 29/05/98




Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación



SEMILLAS



Resolución 289/98



Información que se deberá presentar para la liberación
al medio de la semilla de maíz transgénico resistente
a Lepidópteros, derivado del evento de transformación
MON 810, también denominado EZRA.



Bs. As., 29/5/98



B.O: 03/06/98



VISTO el Expediente Nº 800-001568/98 del registro de esta
Secretaría, y


CONSIDERANDO:


Que por el expediente citado en el Visto la DIRECCION DE AGRICULTURA
de esta Secretaría recepta las consideraciones formuladas
por la COMISION NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA
(CONABIA) en lo referente a la necesidad de introducir cambios
a la actual metodología de solicitud de permisos para experimentación
y/o liberación al medio de organismos genéticamente
modificados, para la semilla de maíz transgénico
resistente a Lepidópteros, derivado del evento de transformación
MON 810, también denominado EZRA.


Que la referida especie ha sido ensayada a campo desde el año
1993 en VEINTISEIS (26) localidades de nuestro país.


Que se han solicitado ante la CONABIA, QUINCE (15) autorizaciones
de permisos para experimentación y/o liberación
al medio de organismos genéticamente modificados.


Que dichos permisos abarcan la realización de pruebas a
campo del material.


Que en todos los casos quedaron cumplimentados los requisitos
técnicos y de bioseguridad establecidos por la CONABIA.



Que la Coordinación Técnica de la CONABIA elevó
a sus miembros el dictamen pertinente en el cual se concluye que
no existen problemas de bioseguridad para los agroecosistemas
de la REPUBLICA ARGENTINA, por la utilización del maíz
transgénico resistente a Lepidópteros, derivado
del evento de transformación MON 810, también denominado
EZRA.


Que el día 19 de marzo de 1998 según surge de la
copia autenticada del Acta de la Segunda Reunión Anual
de la CONABIA obrante a fs. 2/5 del expediente citado en el Visto
se ha considerado que en lo referente a bioseguridad agropecuaria
no existen reparos para la flexibilización de las condiciones
de los permisos para la experimentación y/o liberación
al medio de organismos genéticamente modificados, para
la semilla de maíz transgénico resistente a Lepidópteros,
derivado del evento de transformación MON 810, también
denominado EZRA.


Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado
la intervención que le compete.


Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en
virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 2773 del 29 de diciembre
de 1992 y sus modificatorios.


Por ello,


EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:


Artículo 1º-Para la liberación al medio
de la semilla de maíz transgénico resistente a Lepidópteros,
derivado del evento de transformación MON 810, también
denominado EZRA, se deberá presentar ante la COMISION NACIONAL
ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA) la información
referida a: superficie sembrada, fecha de siembra, localización
de la liberación y fecha de cosecha. La mencionada Comisión
Nacional sólo realizará inspecciones de la cosecha
y la disposición final del material.


Art. 2°-La presente resolución no implica la
autorización de la comercialización de la semilla
de maíz transgénico resistente a Lepidópteros,
derivado del evento de transformación MON 810, también
denominado EZRA, ya que para ello deberá cumplir con los
requisitos pertinentes para su uso alimentario, humano y animal.



Art. 3º-La presente resolución entrará
en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el
Boletín Oficial.


Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Felipe
C. Solá.

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