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Resolución 2995/97 del 06/10/97





Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 2995/97

Otórganse licencias en régimen de competencia
para la prestación de Servicios de Videoconferencia y Transporte
de Señales de Radiodifusión. Aclárase la
Resolución Nº 25.859/96.


Bs. As., 6/10/97

B.O.: 17/10/97

VISTO el Expediente Nº 12.692/93, del Registro de la COMISION
NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES S. A., en el cual METRORED TELECOMUNICACIONES
S. A., solicita que se modifique a su nombre la titularidad de
las licencias para la prestación de servicios de telecomunicaciones
en régimen de competencia que le fueran oportunamente concedidas
a CONSTRUCTORA EQUIPOBRAS S. A., por haberse producido el cambio
de denominación de la sociedad, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a la documentación allegada en autos,
surge que se ha producido el cambio de denominación de
la solicitante de CONSTRUCTORA EQUIPOBRAS S. A. a METRORED TELECOMUNICACIONES
S. A.

Que en consecuencia resulta procedente dejar establecido que las
licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones
en Régimen de competencia oportunamente otorgadas a esta
última empresa, a través de la Resolución
Nº 25.859, dictada el 16 de diciembre de 1996 por la Secretaría
de Comunicaciones, para la prestación de los Servicios
de Transmisión de Datos, Almacenamiento y Retransmisión
de Fax y Servicios de Valor Agregado, deben entenderse concedida
a METRORED TELECOMUNICACIONES S. A.

Que asimismo corresponde conceder a esta última empresa
licencia para la prestación de nuevos servicios de telecomunicaciones
en régimen de competencia, conforme a lo que solicitara.

Que a efectos de garantizar el efectivo cumplimiento de lo dispuesto
en el punto 9.2 del Pliego aprobado por Decreto Nº 62 del
5 de enero de 1990 y sus modificatorios, es necesario aclarar
que. los Servicios de Valor Agregado y Videoconferencia, para
el segmento internacional deberán hacer uso de los enlaces
que provea TELINTAR S. A.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del Anexo II del Decreto Nº 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESULVE:

Artículo 1º-Aclárase que las licencias
para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones en
régimen de competencia oportunamente otorgadas a CONSTRUCTORA
EQUIPOBRAS S. A., a través de la Resolución Nº
25.859 dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, con fecha
16 de diciembre de 1996, deben entenderse concedidas a METRORED
TELECOMUNICACIONES S. A.

Art. 2º-Otórgase la licencia en régimen
de competencia a METRORED TELECOMUNICACIONES S. A., para la prestación
del SERVICIO DE VIDEOCONFERENCIA.

Art. 3º-Otórgase la licencia en régimen
de competencia a METRORED TELECOMUNICACIONES S. A., para la prestación
del SERVICIO DE TRANSPORTE DE SEÑALES DE RADIODIFUSION.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase.-
Germán Kammerath.

Administracionius UNLP

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