Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución 305/98 del 3/6/98




Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación



ADHESIONES OFICIALES



Resolución 305/98



Auspíciase la realización del III Curso de Perfeccionamiento
en "Proyectos de Inversión Agropecuaria", que
se llevará a cabo en la ciudad de Río Cuarto, provincia
de Córdoba.



Bs. As., 3/6/98



B.O.: 10/06/98



VISTO el expediente N° 800-002276/98 del registro de esta
Secretaría, y


CONSIDERANDO:


Que la Universidad Nacional de Río Cuarto, solicita el
Auspicio de esta Secretaría para la realización
del III CURSO DE PERFECCIONAMIENTO EN "PROYECTOS DE INVERSION
AGROPECUARIA" que se llevará a cabo en la Ciudad de
Río Cuarto, Provincia de CORDOBA, durante los meses de
junio, julio y agosto de 1998.


Que los objetivos que se persiguen con la realización de
dicho evento se hallan estrechamente ligados a la acción
que lleva a cabo en la materia esta Secretaría.


Que iniciativas de esta índole merecen el apoyo de los
organismos oficiales.


Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno de la Nación
en materia de contención del gasto público la presente
medida no implica costo fiscal alguno.


Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado
la intervención que le compete.


Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia
de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo
1°, inciso ll) del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero
de 1985, modificado por su similar N° 2202 del 14 de diciembre
de 1994.


Por ello,


EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:


Artículo 1°-Otorgar el Auspicio de esta Secretaría
para la realización del III CURSO DE PERFECCIONAMIENTO
EN "PROYECTOS DE INVERSION AGROPECUARIA" que se llevará
a cabo en la Ciudad de Río Cuarto, Provincia de CORDOBA,
durante los meses de junio, julio y agosto de 1998.


Art. 2°-La medida dispuesta por el artículo
1° de la presente resolución no implica costo fiscal
alguno.


Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Felipe
C. Sola.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución 305/98 del 3/6/98