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Resolución 320/98 del 01/04/98




COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE



Resolución C.N.R.T. N° 320/98



Bs. As., 1/4/98



B.O: 3/4/98



VISTO el Expediente N° 28.062/97 del registro de la COMISION
NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, y


CONSIDERANDO:


Que por Resolución C.N.R.T. N° 224 del 4 de marzo
de 1998, se dispuso el llamado a Concurso Público Nacional
para la adjudicación de los exámenes relativos a
la Evaluación Psicofísica de los Conductores de
Vehículos del Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas
Generales y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción
Nacional-, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones
aprobado mediante Resolución C.N.R.T. N° 163 de fecha
17 de febrero de 1998.


Que en virtud de posibilitar una adecuada concurrencia, deviene
razonable introducir modificaciones en las condiciones del llamado
a Concurso, dejando a priori indeterminado el número de
prestadores médicos a incorporar al Sistema Nacional de
Evaluación Psicofísica en cada una de las sedes.



Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la COMISION NACIONAL
DE REGULACION DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención
que le compete.


Que la competencia para el dictado de la presente medida surge
de las facultades otorgadas por el Decreto 1388 de fecha 29 de
noviembre de 1996.


Por ello,


EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE


ARTICULO 1°-Sustitúyese el Articulo 1°
de la Resolución C.N.R.T. N° 224 del 4 de marzo de
1998, que quedará redactado de la siguiente manera:


"ARTICULO 1 °-Dispónese el llamado a Concurso
Publico Nacional para la adjudicación de los exámenes
relativos a la Evaluación Psicofísica de los Conductores
de Vehículos del Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas
Generales y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción
Nacional, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones
aprobado mediante Resolución C.N.R.T. N° 163 de fecha
17 de febrero de 1998, para las siguientes sedes en las siguientes
ciudades o áreas geográficas formadas por mas de
una ciudad: REGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, tanto en la
Capital Federal como en la Zona Norte de la Región Metropolitana:
que incluye a los partidos de la provincia de Buenos Aires comprendidos
entre Vicente Lopez y Zárate y entre San Martín
y Exaltación de la Cruz y Sur de la Región Metropolitana:
que incluye a todos los partidos comprendidos entre Avellaneda,
Ensenada y/o Coronel Brandsen, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, ciudad
de Mar del Plata o Tandil; PROVINCIA DE LA PAMPA: ciudad de Santa
Rosa o ciudad de General Pico: PROVINCIA DEL NEUQUEN ciudad del
Neuquén y ciudad de San Martín de los Andes: PROVINCIA
DE RIO NEGRO: ciudad de Viedma: PROVINCIA DEL CHUBUT: ciudad de
Rawson o Puerto Madryn o Trelew y en la ciudad de Comodoro Rivadavia,
PROVINCIA DE SANTA CRUZ: ciudad de Caleta Olivia: PROVINCIA DE
SANTA FE: ciudad de Rosario y ciudad de Santa Fe, PROVINCIA DE
ENTRE RIOS: ciudad de Gualeguaychu: PROVINCIA DE MISIONES: ciudad
de Posadas, PROVINCIA DE SAN LUIS: ciudad de San Luis: PROVINCIA
DE MENDOZA: ciudad de Mendoza y en la ciudad de San Rafael: PROVINCIA
DE SAN JUAN: ciudad de San Juan: PROVINCIA DE LA RIOJA, ciudad
de La Rioja: PROVINCIA DE TUCUMAN: ciudad de Tucumán: PROVINCIA
DE SALTA: ciudad de Salta. Los oferentes en su presentación
señalarán explícitamente la sede geográfica
para la cual se postulan. No se admitirá mas de UNA (1)
presentación por oferente. Tal limitación es válida
tanto para las prestaciones individuales, como para cualquier
tipo de asociaciones".


ARTICULO 2°-Comuníquese, publíquese
por TRES (3) días en el Boletín Oficial, en los
DOS (2) diarios de circulación nacional en que se publicó
la convocatoria al Concurso Publico Nacional y a los adquirentes
del Pliego de Bases y Condiciones a la fecha de la presente, dese
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-ROBERTO
A. CIAPPA, Presidente Comisión Nac. de Regulación
del Transp.-Lic. HUGO O. RAMOS, Vicepresidente.-Ing. RODOLFO MARTINEZ
DE VEDIA, Director.-Ing. JORGE ANDRES ANDRADE, Director.-Dr. JOSE
G. CAPDEVILA, Director.


e. 3/4 N° 222.721 v. 3/4/98



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