Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 3263/97
Reconócese como persona jurídica y entidad de
bien público a la Congregación Argentina de Hermanas
Dominicas del Santo Rosario (Dominicas Mendocinas).
Bs. As., 30/10/97
B.O: 14/11/97
VISTO lo solicitado por la CONGREGACION ARGENTINA DE HERMANAS
DOMINICAS DEL SANTO ROSARIO (DOMINICAS MENDOCINAS), y
CONSIDERANDO:
Que la CONGREGACION ARGENTINA DE HERMANAS DOMINICAS DEL SANTO
ROSARIO (DOMINICAS MENDOCINAS), es un Instituto de Vida Consagrada
de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter
de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA
CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código
de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus constituciones,
decreto de erección y memoria, debidamente aprobados por
la autoridad eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1° de la Ley 24.483.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º-Reconócese como persona
jurídica a la CONGREGACION ARGENTINA DE HERMANAS DOMINICAS
DEL SANTO ROSARIO (DOMINICAS MENDOCINAS), y domicilio especial
en calle Mariano Acosta, número CIENTO NOVENTA Y CINCO
(195), Ciudad de BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el
número CIENTO VEINTIDOS (122) del Registro de Institutos
de Vida Consagrada.
Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida
Consagrada el carácter de entidad de bien público,
a todos los efectos que correspondan.
Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel
M. Centeno.