>Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación
>
>Resolución 335
>
>Bs.
As., 27/8/99
>
>VISTO
el expediente Nº 800-002466/99 y la Resolución Nº 293 de fecha 18 de agosto de
1999, ambos del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION, y
>CONSIDERANDO:
>
>Que por
la Resolución indicada en el Visto se estableció la Captura Máxima Permisible
para el año 1999 respecto de la especie Merluza común (Merluccius hubbsi).
>
>Que por
tratarse de un acto administrativo de alcance general, corresponde instruir
para su publicación en el Boletín Oficial.
>
>Que el
presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos
101 y 103 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por
Decreto 1759/72 (t.o. 1991).
>
>Por
ello,
>
>EL
SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
>RESUELVE:
>
>Artículo 1º [/b]— Rectifícase el
artículo 3º de la Resolución Nº 293 de fecha 18 de agosto de 1999 del registro
de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, el cual
quedará redactado del siguiente modo:
>
>“ARTICULO
3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese”.
>
>Art. 2º [/b]— Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. Ricardo
J. Novo, Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.