Secretaría de Hacienda
ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL
SECTOR PUBLICO NACIONAL
Resolución 365/97
Introdúcense modificaciones en los clasificadores por
objeto de gastos, y económico de los gastos y en la metodología
para la confección de la clasificación económica
de los mismos, a partir del 1 de enero de 1998.
Bs. As., 21/8/97
B.O: 28/8/97
VISTO la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera
y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional
y los Decretos Nº 866 y 1815 de fechas 28 de mayo y 29 de
setiembre de 1992, aprobatorios de los clasificadores presupuestarios
de gastos por objeto y recursos por rubro, y la Resolución
Nº 891 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
de fecha 23 de julio de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que resulta oportuno introducir modificaciones en el clasificador
por objeto del gasto a fin de poder identificar apropiadamente
las transacciones presupuestarias que se realizan con las universidades
nacionales.
Que en función de lo expresado, resulta necesario incorporar
nuevas partidas en el mencionado clasificador, para identificar
las transferencias corrientes y de capital que reciban las universidades
nacionales.
Que las modificaciones en el clasificador por objeto del gasto,
asimismo, requiere la adecuación de la clasificación
económica de los gastos, así como la de la metodología
para su elaboración.
Que la presente normativa se dicta en función de las disposiciones
del artículo 6º del Decreto Nº 2666/92, del artículo
4º del Decreto Nº 866/92 y del artículo 5º
de la Resolución Nº 891/92 del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º-Modificase a partir del 1 de enero
de 1998 el clasificador por objeto del gasto de acuerdo al detalle
obrante en la planilla anexa al presente artículo.
Art. 2º-Modificase a partir del 1 de enero de 1998
el clasificador económico de los gastos de acuerdo al detalle
obrante en la planilla anexa al presente artículo.
Art. 3º-Modificase a partir del 1 de enero de 1998
la metodología para la confección de la clasificación
económica de los gastos de acuerdo al detalle obrante en
la planilla anexa al presente artículo.
Art.4º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Pablo
E. Guidotti.
ANEXO AL ARTICULO 1º
CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO
Incorpóranse como partidas parciales de la partida principal
56 - Transferencias a universidades nacionales las siguientes:
561 Transferencias a universidades nacionales para financiar gastos
corrientes.
562 Transferencias a universidades nacionales para financiar gastos
de capital.
Incorpóranse las leyendas descriptivas de las siguientes
partidas parciales:
561 Transferencias a universidades nacionales para financiar gastos
corrientes.
Transferencias otorgadas a universidades nacionales para atender
sus erogaciones corrientes.
562 Transferencias a universidades nacionales para financiar gastos
de capital
Transferencias otorgadas a universidades nacionales para atender
sus erogaciones de capital.
ANEXO AL ARTICULO 2º
CLASIFICADOR ECONOMICO DE LOS GASTOS
Incorporase a la versión analítica, dentro de las
transferencias de capital al sector público, a la Administración
Nacional, el siguiente código:
2.2.2.2.1.4.0. A las universidades nacionales
ANEXO AL ARTICULO 3º
METODOLOGIA PARA LA ELABORACION DEL CLASIFICADOR ECONOMICO DE
LOS GASTOS
Modificase la correspondencia con el clasificador por objeto del
gasto del código referido a las transferencias corrientes
a las universidades nacionales.
CODIGO | CORRESPONDENCIA CON EL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO |
2.1.7.2.1.3.0. A las universidades nacionales | 561 |
Incorporase la correspondencia con el clasificador por objeto
del gasto del código referido a las transferencias de capital
a las universidades nacionales.
CODIGO | CORRESPONDENCIA CON EL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO |
2.2.2.2.1.4.0. A las universidades nacionales | 562 |