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Resolución 39/98 del 02/02/98




Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral



PROGRAMAS DE EMPLEO



Resolución 39/98



Autorízanse inicios y bajas de Programas Trabajar II
en diversas provincias.



Bs. As., 02/02/98.



B. O.: 10/02/98.



VSTO la Ley N° 24.013; la Resolución M.T. y S.S. N°
240 de fecha 16 de abril de 1.997; las Resoluciones S.E. y C.L.
Nros. 202 de fecha 8 de mayo de 1.997, 366 de fecha 31 de julio
de 1.997, 412 de fecha 29 de agosto de 1.997, 476 de fecha 29
de setiembre de 1.997, 554 de fecha 29 de octubre de 1.997 y 613

de fecha 1° de diciembre de 1.997; las notas recibidas de
las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de SALTA, de fechas
6, 7, 12 y 13 de enero de 1.998; SAN LUIS, de fecha 7 de enero
de 1.998; SAN JUAN, de fecha 9 de enero de 1.998; JUJUY, de fechas
12 y 14 de enero de 1.998, ROSARIO, de fecha 14 de enero de 1.998;
el memorando emitido por el Departamento de Evaluación
dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y
CAPACITACION de fecha 16 de enero de

1.998; y


CONSIDERANDO:


Que el artículo 29 de la Resolución S.E. y C.L.
N° 202/97 dispone que los organismos responsables deberán
comunicar a las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL (GECAL)
los imprevistos que ocurran en el transcurso de los proyectos.



Que la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION
LABORAL (D.N.P.E. y C.) ha recibido notas por parte de la GERENCIA
DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de SALTA en las que se solicita
en primer lugar, el cambio de la fecha de inicio de las actividades
del proyecto TRABAJAR II Nro.10-0367-01-7 al día 2 de febrero
de 1.998, y en segundo lugar, las bajas de los proyectos TRABAJAR
II Nros. 10-0212-01-7, 10-0249-01-7 y 10-0320-01-7.


Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido notas por parte de
la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de SAN LUIS en las
que se solicita la baja de los Proyectos TRABAJAR II Nros. 12-0211-017
y 12-0218-01-7.


Que asimismo la D.N.P.E. y C. ha recibido una nota por parte de
la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de SAN JUAN en la
que se solicita la baja del Proyecto TRABAJAR II Nro. 11-0188-01-7.



Que asimismo la D.N.P.E y C. ha recibido una nota por parte de
la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de JUJUY en la que
se solicita el cambio de las fechas de inicio de las actividades
de los proyectos TRABAJAR II Nros. 07-0523-01-7, 07-0555-01 -7
y 07-0556-01-7 al día 2 de febrero de 1.998.


Que asimismo la D.N.P.E y C. ha recibido una nota por parte de
la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de ROSARIO en la
que se solicita el cambio de la fecha de inicio de las actividades
del proyecto TRABAJAR II Nro.13-1280-01-7 al día 2 de febrero
de 1.998.


Que los motivos expuestos en las mencionadas notas ameritan hacer
lugar a los cambios solicitados.


Que es necesario elevar mensualmente al SISTEMA ADMINISTRATIVO
FINANCIERO (S.A.F.) dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION
LABORAL, la nómina de los proyectos aprobados por las Unidades
Regionales de Aprobación del Programa TRABAJAR II, a fin
de que el mismo comprometa el monto correspondiente a cada proyecto.



Que las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 366/97, 412/97, 476/97,
554/97 y 613/97 a través de sus artículos 1°
asignan recursos para los proyectos mencionados.


Que la presente encuadra en los artículos 143 y 150 de
la Ley N° 24.013, en el artículo 9 de la Resolución
M.T. y S.S. N° 240/97, y se dicta en ejercicio de las facultades
establecidas por la Resolución S.E. y C.L. N° 202/97.



Por ello,


EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:


Artículo 1°- Autorizar el inicio del Proyecto
TRABAJAR Nro. 10-0367-01 -7 de la provincia de SALTA, aprobado
mediante Resolución S.E. y C.L. N° 613/97, a partir
del día 2 de febrero de 1.998 y asignar recursos los mismos
por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día 31 de julio
de 1.998.


Art. 2°- Autorizar la baja del Proyecto TRABAJAR II
Nro. 10-0212-01-7 de la provincia de SALTA, aprobado mediante
Resolución S.E. y C.L. N° 366/97, con VEINTIUN (21)
beneficiarios, por un plazo de CINCO (5) meses y un monto a cargo
del Programa de PESOS VEINTIUN MIL ($ 21.000).


Art. 3°- Autorizar la baja del Proyecto TRABAJAR II
Nro. 10-0249-01-7 de la provincia de SALTA, aprobado mediante
Resolución S.E. y C.L. N° 412/97, con TREINTA (30)
beneficiarios, por un plazo de SEIS (6) meses y un monto a cargo
del Programa de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000).


Art. 4°- Autorizar la baja del Proyecto TRABAJAR II
Nro. 10-0320-301-7 de la provincia de SALTA, aprobado mediante
Resolución S.E. y C.L. N° 476/97, con CUARENTA Y CINCO
(45) beneficiarios, por un plazo de CUATRO (4) meses y un monto
a cargo del Programa de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000).


Art. 5°- Autorizar las bajas de los Proyectos TRABAJAR
II Nros.12-0211-01-7 y 12-0218-017 de la provincia de SAN LUIS,
aprobados mediante Resolución S.E. y C.L. N° 412/97,
con CATORCE (14) beneficiarios, por un plazo de SEIS (6) meses
y un monto a cargo del Programa de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS
($ 16.800) para el primero, y DOCE (12) beneficiarios, por un
plazo de SEIS (6) meses y un monto a cargo del Programa de PESOS
CATORCE MIL CUATROCIENTOS ($ 14.400) para el último.


Art. 6°- Autorizar la baja del Proyecto TRABAJAR II
Nro. 11-0188-01-7 de la provincia de SAN JUAN, aprobado mediante
Resolución S.E. y C.L. N° 412/97, con DIEZ (10) beneficiarios,
por un plazo de SEIS (6) meses y un monto a cargo del Programa
de PESOS DOCE MIL ($ 12.000).


Art. 7°- Autorizar el inicio de los Proyectos TRABAJAR
II Nros. 07-0523-01 -7, 07-0555-01-7 y 07-0556-01-7 de la provincia
de JUJUY, aprobados mediante Resolución S.E. y C.L. N°
613/97, a partir del día 2 de febrero de 1.998 y asignar
recursos a los mismos por un plazo de TRES (3) meses hasta el
día 30 de abril de 1.998, para los DOS (2) primeros y de
CUATRO (4) meses hasta el día 31 de mayo de 1.998, para
el último.


Art. 8º- Autorizar el inicio del Proyecto TRABAJAR
II Nros. 13-1280-01-7 de ROSARIO, aprobado mediante Resolución
S.E. y C.L. N° 554/97, a partir del día 2 de febrero
de 1.998 y asignar recursos al mismo por un plazo de TRES (3)
meses hasta el día 30 de abril de 1.998.


Art. 9°- Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación,
remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones
y Biblioteca y archívese. - Diego A. Estévez.

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