Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 4097/97
Reconócese a las Hermanas de Nuestra Señora de
la Compasión (Hermanas de la Compasión) como persona
jurídica y entidad de bien público.
Bs. As., 26/12/97
B.O: 26/2/98
VISTO lo solicitado por las HERMANAS DE NUESTRA SEÑORA
DE LA COMPASION (HERMANAS DE LA COMPASION), y
CONSIDERANDO:
Que las HERMANAS DE NUESTRA SENORA DE LA COMPASION (HERMANAS DE
LA COMPASION), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio
y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica
pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA,
conforme las normas del Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus constituciones,
decreto de erección, memoria y constancia de su admisión
en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad
eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1º de la Ley 24.483.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE: .
Artículo 1º-Reconocer: como persona jurídica
a las HERMANAS DE NUESTRA SEÑORA DE LA COMPASION, (HERMANAS
DE LA COMPASION), con sede legal y domicilio especial en calle
Solís, número DOSCIENTOS TREINTA Y DOS (232), CIUDAD
DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número
CIENTO CUARENTA Y DOS (142) del Registro de Institutos de Vida
Consagrada.
Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada
el carácter de entidad de bien público, a todos
los efectos que correspondan.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívase.
-Angel M. Centeno.