Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 434/98
Modificación de tarifas de distintos servicios
suplementarios prestados por la empresa Telefónica de Argentina
S.A.
Bs. As., 12/2/98
B.O: 19/2/98
VISTO, los expedientes C.N.T. Nº 23.855/93:
15.622/94: 16.111/94: 16.135/95: 17.382/95: 29.229/96: 35.160/96:
y las Resoluciones CNT Nº 127/91: SETyC Nº 33/96: 188/96
y SOPyC Nº- 157/95, por los que tramitaran la autorización
de las tarifas para la prestación de distintos servicios
suplementarios, que fueran solicitados por la empresa TELEFONICA
DE ARGENTINA S.A. y el expediente SC Nº 1620/97, y
CONSIDERANDO:
Que por los distintos expedientes señalados
en el visto tramitaron la aprobación de las tarifas de
distintos servicios suplementarios prestados por la licenciataria
del servicio básico telefónico mencionada en el
visto.
Que por el artículo 2º Decreto Nº
92/97 se aprobaron modificaciones a la Estructura General de Tarifas
del Servicio Básico Telefónico.
Que dichas modificaciones hacen necesario efectuar
una revisión debidamente fundada de los cargos y tarifas
aprobados en los servicios suplementarios prestados por la licenciataria.
Que en tal sentido, esta Secretaría implementó
un análisis detallado de cada uno de los servicios suplementarios,
a fin de adecuarlos a sus costos de prestación.
Que como consecuencia del avance en la digitalización
de la red telefónica y la incorporación de centrales
telefónicas de ultima generación, la prestación
de este tipo de servicios se puede realizar en forma masiva y
con costos de prestación mas económicos.
Que muchos de estos servicios contribuyen a mejorar
la calidad del servicio básico telefónico y a obtener
un alto índice de eficiencia de la red básica.
Que por otra parte corresponde tener en cuenta los
avances tecnológicos producidos en los servicios de telecomunicaciones,
como asimismo el paso del tiempo transcurrido desde su implementación,
razonablemente han permitido amortizar los costos incurridos por
la licenciataria para la prestación de dichos servicios
suplementarios.
Que los ingresos obtenidos por la licenciataria del
servicio básico telefónico por servicios suplementarios
ponderados para este ejercicio sufren un incremento mayor al porcentaje
de aumento de los últimos ejercicios.
Que el incremento de la demanda de los servicios
suplementarios esta evidenciando un uso superior al previsto originalmente.
Que propiciar la reducción en las tarifas
de los servicios suplementarios generará razonablemente
una mayor demanda de los usuarios y consumidores quienes se beneficiarán
con las comodidades brindadas por estos servicios.
Que por otra parte, la reducción en las tarifas
de los servicios suplementarios generará razonablemente
mayor tráfico en la red pública, incrementándose
el porcentaje de llamadas terminadas.
Que las tarifas vigentes representan una disminución
sustancial respecto de la tarifa aprobada.
Que la presente medida tiene como finalidad el autorizar
el nuevo cuadro tarifario de los servicios suplementarios, a fin
de ajustarlos a los costos, para beneficio exclusivo de los usuarios.
Que los servicios de "Información Detallada",
"Centrex", "Información de Tasación"
y distintas modalidades al servicio "Cobro Revertido"
que se aprueban por la presente, oportunamente han sido aprobados
para la empresa Telecom Argentina S.A.
Que por Resolución S. C. Nº 3117/97 se
adecuaron las tarifas de los servicios suplementarios prestados
por la licenciataria TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A.
Que corresponde hacer una salvedad respecto de la
composición de usuarios del servicio Centrex de los clientes
de TELEFONICA DE ARGENTINA SA., por cuanto es diferente a la conformación
de los mismos en TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A.
Que ha tomado intervención en el presente
el Grupo Tarifas de Servicios Suplementarios de esta Secretaría
expidiéndose favorablemente sobre dar curso a la reducción
tarifaria analizada y aprobar el servicio "Información
Detallada", "Centrex", "Información
de Tasación" y distintas modalidades al servicio "Cobro
Revertido".
Que ha tomado intervención la Gerencia de
Asuntos Jurídicos y Normas Regulatorias de la Comisión
Nacional de Comunicaciones y la Dirección de Asuntos Legales
de esta Secretaría.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el Decreto Nº 1620/96.
Por ello;
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º-Modifiquense
las tarifas aprobadas por los servicios suplementarios "Conferencia",
"Llamada en espera", "Números abreviados
de diez (10) y de veinte (20)", "Transferencia de Llamadas",
"Llamadas sin selección", "Cobro Revertido",
"Desvíos", "Datos de Inquilino en la facturación",
"Crono Alarma", "Servicio Memobox Familiar y Comercial",
prestado por Telefónica de Argentina S.A., por las tarifas
que figuran en el Anexo I como parte integrante de la presente.
Art. 2º-Apruénbase
los cargos y tarifas mensuales, del servicio denominado "Información
Detallada", "Centrex", "Información
de Tasación" y distintas modalidades al servicio "Cobro
Revertido" para la señalada licenciataria conforme
lo establece el Anexo II de la presente.
Art. 3º- La Secretaría
de Comunicaciones solicitará a la licenciataria las estadísticas
que resulten necesarias para proceder, de resultar necesario a
la revisión de los cargos y tarifas aprobados por los artículos
anteriores.
Art. 4º-Comuníquese,
notifíquese a TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.- Germán Kammerath.
SERVICIO | | ANTERIOR | APROBADA ACTUAL |
CONFERENCIA | Instalación
Abono Mensual | PCS9 $ 58.03
PTS 552 $ 24.95 | Sin Cargo
PTS 33 $ 1.49 |
LLAMADA EN ESPERA | Instalación
Abono Mensual | PCS9 $ 58.03
PTS 552 $ 24.95 | Sin Cargo
PTS 33 $ 1.49 |
NUMEROS ABREVIADOS DE 10 | Instalación
Abono Mensual | PCS9 $ 58.03
PTS 460 $ 20.79 | PCS 0,54 $ 3,48
PTS 35 $ 1,49 |
NUMEROS ABREVIADOS DE 20 | Instalación
Abono Mensual | PCS 9 $ 58,03
PTS 552 $ 24.95 | PCS 0,91 $ 5,86
PTS 35 $ 1.58 |
TRANSFERENCIA DE LLAMADA | Instalación
Abono Mensual | PCS 9 $ 58,03
PTS 552 $ 24.95 | Sin Cargo
PTS 33 $ 1.49 |
LLAMADA SIN SELECCION |
Instalación
Abono Mensual | PCS: 3 $ 19,34
PTS 230 $ 10,39 | Sin Cargo
PTS 33 $ 1.49 |
COBRO REVERTIDO
(En todos los casos se adicionará 1 ptfo a la respuesta) (Para clave 1 se autoriza la aplicación del ritmo urbano de este servicio) | Derecho de Conexión
Abono Mensual
Adic. Horario Variable
Adic. Parcialización
Geográfica
Adic. Numero Elegido
Tráfico URBANO
NORMAL
Tráfico URBANO
NOCTURNO | PCS 156 $ 1005,88
PTS 2000 $ 90,04 PTS 5000 $ 226
PTS 3000 $ 135,6
PTS 2443 $ 110,42
RITMO 60
RITMO 60 | PCS 39 $ 250
PTS 920 $ 41.58 PTS 2500 $ 113
PTS 1500 $ 67.80
PTS 1220 $ 55,14
RITMO 60
RITMO 120 |
| Trafico INTERURBANO | (Los ritmos interurbanos son los aplicados para el trafico de telefonía básica) |
SERVICIO | | ANTERIOR | APROBADA ACTUAL |
DESVIO POR OCUPADO |
Abono Mensual | $ 1.66 | PTS 33 $ 1,49 |
DESVIO POR NO CONTESTA |
Abono Mensual | $ 1.66 | PTS 33 $ 1,49 |
DESVIO POR CAMBIO DE
DOMIC. | Abono Mensual | $ 1.66 | PTS 33 $ 1,49 |
DESVIO POR BAJA | Abono Mensual | $ 1.66 | PTS 33 $ 1,49 |
DATOS DE INQUILINO EN
LA FACT. | | $ 16,40 | PCS 1,27 $ 8,2 |
CRONO ALARMA | Por Consulta | 5 PTFO $ 0.22 | PTS 3 $ 0,11 |
| Abono Mensual (incluye hasta 30 consultas) | | PTS 33 $ 1,49 |
SERVICIO MEMOBOX FLIA |
Abono Mensual | $ 3,77 | PTS 64 $ 2,89 |
SERV. MEMOBOX COMERCIAL | Abono Mensual | $ 6,15 | PTS 64 $ 2,89 |
SERVICIO | | APROBADA |
SERVICIO CENTREX | Cargo Conexión línea nueva | PCS 39 $ 250 |
| Cargo Conexión línea existente | PCS 15 $ 96.72 |
| Abono Mensual por línea para Comercial. Gobierno, Profesional o Casa de Familia | Igual a EGT para
Telefonía Básica
para cada categoría
mas 40 PTFO |
| Servicio Multisede por línea (mayor
concentración inferior al 85% y mayor al 60%). Esta tarifa es opcional (se abona tarifa multisede o trafico interno) | PTFO. 60 $ 2.71 |
| Servicio Multisede por línea (mayor
concentración inferior al 60%). Esta PTFO.
tarifa es opcional (se abona tarifa minisede o trafico interno) | 100 $ 4.52 |
SERV. DE INF. DE
TASACION | Por Consulta | 5 PTFO $ 0,22 |
INFORMACION
DETALLADA | Servicio Interurbano Residencial 1ª hoja | PTS 22 $ 1.00 |
| Servicio Interurbano Residencial hojas
siguientes c/u | Sin Cargo |
| Servicio Interurbano Comercial 1ª hoja | PTS 22 $ 1.00 |
| Servicio Interurbano Comercial hojas
siguientes c/u | PTS 7 $ 0,31 |
| Serv. Urb. E Interurb. 1ª. hoja | PTS 67 $ 3.02 |
| Serv. Urb. E Interurb. Hojas siguientes c/u | PTS 55 $ 2.48 |
COBRO REVERTIDO | Perfil Adicional | PTFO. 1050 $ 47.46 |
| Enrutamiento por fecha/hora | PTFO. 2500 $ 113 |
| Bloqueo urbano o interurbano | PTFO. 350 $ 15.82 |
| Bloqueo especial | PTFO. 2500 $ 113 |
| Restricción por fecha/hora | PTFO. 200 $ 9,04 |
| Enrutamiento por origen (de 1 a 4 nros. Traducidos) | PTFO. 2500 $ 113 |
| Enrutamiento por origen (destinos adicionales) | PTFO. 625 $ 28.25 |
| Cola de llamada y límite | PTFO. 210 $ 9.49 |
| Centro de respuesta | PTFO. 250 $ 11.3 |
| Código autorización | PTFO. 2500 $ 113 |
| Selección por postdiscado (1º nivel) | PTFO. 2000 $ 90.40 |
| Nivel adicional de postdiscado | PTFO. 4700 $ 212,44 |
| Distribución de llamadas | PTFO.1160 $ 52.43 |
| Abono mensajes personalizados
(l ros. 20 seg.) | PTFO.940 $ 42.48 |
| Idem 20 seg. Siguientes | PTFO. 940 $ 42.48 |
| Análisis de llamadas | PTFO. 1400 $ 63.28 |