Ministerio de Salud y Acción Social
CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO
Resolución 435/97
Incorpóranse Resoluciones del Grupo Mercado Común
del MERCOSUR, referidas a reglamentos técnicos de identidad
y calidad, en relación con aditivos alimentarios, quesos
Pategras Sandwich, Tandil, Tilsit, Tybo y masa para elaborar queso
muzzarella.
Bs. As., 26/6/97
B.O: 14/5/98
VISTO las Leyes 18.284 y 23.981 y el Protocolo de Ouro Preto y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley mencionada en último termino, se aprobó
el Tratado suscripto el 26 de marzo de 1991, para la constitución
de un Mercado Común entre la REPUBLICA ARGENTINA, la REPUBLICA
FEDERATIVA DEL BRASIL, la REPUBLICA del PARAGUAY y la REPUBLICA
ORIENTAL DEL URUGUAY.
Que en el Capítulo I, artículo 1º del Tratado
citado, los Estados Parte acordaron constituir el referido Mercado
Común, asumiendo el compromiso de incorporar en la legislación
nacional en las áreas que corresponda, las armonizaciones
logradas de bienes, servicios y factores para la libre circulación
de los mismos.
Que es necesaria la incorporación de las Resoluciones del
Grupo Mercado Común del MERCOSUR, al Código Alimentario
Argentino.
Que es necesario derogar toda aquella legislación que se
oponga al dictado de la presente Resolución.
Que la Administración Nacional de Medicamentos. Alimentos
y Tecnología Médica ha tomado intervención
de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha
tomado intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por
el Artículo 2º, inciso h), apartado 1 º del Decreto
101/85.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1°-Incorpórase al Código
Alimentario Argentino, la totalidad de las Resoluciones que se
adjuntan como Anexo A y se enumeran a continuación:
1. Resolución Grupo Mercado Común 28/96 Aditivos
Alimentarios (LACTITOL).
2. Resolución Grupo Mercado Común 29/96 Reglamento
Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso Danbo.
3. Resolución Grupo Mercado Común 30/96 Identidad
y Calidad del Queso Pategras Sandwich.
4. Resolución Grupo Mercado Común 31/96 Reglamento
Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso Tandil.
5. Resolución Grupo Mercado Común 32/96 Reglamento
Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso Tilsit.
6. Resolución Grupo Mercado Común 34/96 Reglamento
Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad de la Masa para
Elaborar Queso Muzzarella.
7. Resolución Grupo Mercado Común 35/96 Enmienda
de la Resolución Grupo Mercado Común MERCOSUR Nº
102/94.
8. Resolución Grupo Mercado Común 42/96 Reglamento
Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso Tybo.
Art. 2°-Se deroga toda legislación del Código
Alimentario Argentino que se oponga a la presente Resolución.
Art. 3°-Esta Resolución entrará en vigencia
a partir de su publicación en el Boletín Oficial,
otorgándoseles a las empresas un plazo de 90 (NOVENTA)
días para su adecuación.
Art. 4°-Comuníquese mediante copia autenticada
de esta Resolución a la Secretaría General Permanente
del MERCOSUR con sede en la Ciudad de Montevideo para conocimiento
de los Estados-Parte.
Art. 5°-Comuníquese mediante copia autenticada
al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional
y Culto - Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común
Sección Nacional.
Art. 6°-Comuníquese a las Autoridades Sanitarias
Provinciales y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 7°-Regístrese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese
y archívese.-Alberto Mazza.
NOTA: Los Anexos correspondiente a esta resolución podrán
ser consultados en el B.O. del día 14/05/98 (Suplemento).