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Resolución 449/97 del 16/09/97





Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 449/97

Efectúase una corrección en la cantidad de beneficiarios
y en el monto a cargo de un Programa del Plan Forestal de la Provincia
de Tucumán, aprobado por Resolución Nº 406/97.


Bs. As., 16/9/97

B.O: 23/9/97

VISTO las Resoluciones M.T. y S.S. Nros. 178 de fecha 1º
de marzo de 1996, 339 de fecha 28 de mayo de 1997: las Resoluciones
S.E. y C.L. Nros. 238 de fecha 28 de mayo de 1997, 406 de fecha
29 de agosto de 1997; la nota enviada por el organismo ejecutor
del Plan Forestal Nro. 15-0006-03-7, de fecha 27 de agosto de
1997, y la nota emitida por la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTACION (S.A.G.P. y A.), de fecha 8 de setiembre
de l 997; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13 de la Resolución
S.E. y C.L. Nº 238/97, estará a cargo de la SECRETARIA
DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL dar aprobación definitiva
a los Planes Forestales evaluados.

Que mediante la Resolución S.E. y C.L. Nº 406/97 se
aprobaron Planes Forestales para la provincia de TUCUMAN que iniciaron
el 1º de setiembre del corriente año.

Que el organismo ejecutor del Plan Forestal Nro. l 5-0006-03-7
ha enviado una nota en la que solicita la reconsideración
de la cantidad de beneficiarios aprobados, aportando nuevos datos
sobre las tareas a realizar que no habían sido consignadas
en el formulario de presentación de dicho Plan.

Que la S.A.G.P. y A. ha entendido que los datos aportados ameritan
una corrección en la cantidad de beneficiarios aprobados
para el mencionado Plan.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades establecidas
por la Resolución S.E. y C.L. Nº 238/97.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Efectuar la corrección en
la cantidad de beneficiarios y en el monto a cargo del Programa
del Plan Forestal Nº 15-0006-03-7 de la provincia de TUCUMAN,
aprobado por Resolución S.E. y C.L. Nº 406/97, de
UNO (1) a TRES (3) beneficiarios y de PESOS SEISCIENTOS ($ 600)
a PESOS MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800).

Art. 2º-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación,
remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones
y Biblioteca y archívese.-Hernán Cornejo.

Administracionius UNLP

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