Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución 461/97 del 21/07/97





Ministerio de Salud y Acción Social

OBRAS SOCIALES

Resolución 461/97

Norma aclaratoria en relación al cambio de obra social
al que alude el primer párrafo "in fine" del
artículo 4º de la Resolución Nº 633/ 96.


Bs. As., 21/7/97

B.O: 28/7/97

VISTO el expediente Nº 2002-8289/97-4 del registro de este
Ministerio: la Leyes 23.660 y 23.661; los Decretos Nros. 9/93,
576/93, 1560/96 y 84/97; y las Resoluciones Ministeriales Nros.
633/96 y 656/96, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1560/96 ratificó la Resolución
Nº 633/96 mediante la cual se dictaron normas complementarias
para posibilitar que los beneficiarios puedan ejercer su derecho
a la opción de cambio entre las Obras Sociales comprendidas
en los incisos a), b), d), f) y h) del artículo 1º
de la Ley 23.660.

Que el artículo 1º del Decreto Nº 84/97 amplio
los plazos para que los beneficiarios puedan ejercer su derecho
de opción, estableciendo que el mismo se efectivizará
dentro de los NOVENTA (90) días de presentada la solicitud.

Que ante las diferencias interpretativas entre la ADMINISTRACION
NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD (ANSSAL) y la ADMINISTRACION NACIONAL
DE SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) suscitadas en el expediente mencionado
en el Visto, en cuanto a la puesta en vigencia de la efectivización
de la opción para beneficiarios de obras sociales, se hace
necesario el dictado de una resolución aclaratoria al respecto.

Que, en tal sentido, resulta imperioso interpretar el Decreto
Nº 84/97 conforme a la conveniencia operacional de trabajar
con períodos de tiempo completo.

Que el Decreto Nº 206 de fecha 12 de marzo de 1997 extendió
el plazo de ingreso al Programa de Reconversión de Obras
Sociales.

Que por tal razón, para el caso de las obras sociales que
presentaron documentación precalificatoria durante el presente
año, el plazo se efectivizará desde el 30 de agosto
de 1997.

Que, como Autoridad de Aplicación, el MINISTERIO DE SALUD
Y ACCION SOCIAL se halla facultado para dictar la resolución
interpretativa correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención
de su competencia.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD Y ACCION SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º-El cambio de obra social al que
alude el primer párrafo "in fine" del artículo
4º de la Resolución Nº 633 del 18 de diciembre
de 1996, ratificada esta por el Decreto Nº 1560 del 19 del
mismo mes y año y sustituido aquel por el Decreto Nº
84 del 29 de enero de 1997, se efectivizará a partir del
primer día del tercer mes posterior a la presentación
de la solicitud.

Art. 2º-El cambio entre las obras sociales comprendidas
en el artículo 2º del Decreto Nº 206 del 12 de
marzo de 1997 se efectivizará por única vez y durante
el transcurso del presente año a partir del 30 de agosto.

Art. 3º-Regístrese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alberto
Mazza.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución 461/97 del 21/07/97