Secretaría de Hacienda
ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL
Resolución 499/98
Establécese la fijación de políticas de contrataciones en lo referente a la emisión de órdenes de compra por parte de las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional.
Bs.As., 30/10/98
B.O.: 4/11/98
VISTO el expediente 001-003675/98 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que tramita la iniciativa de la SECRETARIA DE HACIENDA relativa a la fijación de políticas de contrataciones en lo referente a la emisión de ordenes de compra por parte de las jurisdicciones y entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, y
CONSIDERANDO:
Que con motivo de la implementación de la Resolución Nº 225/96 se verificó una notable heterogeneidad en la información que surge de los textos adoptados para sus órdenes de compra por las diversas jurisdicciones y entidades.
Que siguiendo el mismo criterio que inspiró el dictado de la Resolución mencionada, es posible avanzar en lo realizado mediante la unificación del formato de las órdenes de compra y la simplificación del trámite de envío de información a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, de manera que dicho órgano rector pueda mejorar la calidad del procesamiento de los datos disponibles para la formulación de políticas y la elaboración de estadísticas.
Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 29 del Decreto N° 1545 del 31 de octubre de 1994.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1°.- Dispónese que a partir de la fecha de la presente resolución las unidades operativas de contrataciones de todas las jurisdicciones y entidades deberán emitir las órdenes de compra en formato estándar conforme con el modelo del Anexo I. En el texto de las mismas se indicará el rubro comercial de acuerdo con la planilla del Anexo II y, en el espacio correspondiente a la Descripción, el número de Catálogo de cada bien comprendido en la orden de compra. Los organismos que aún no dispongan del Sistema de Identificación de Bienes y Servicios, deberán completar la información mencionada en último término a medida que se implemente dicho Sistema en sus respectivos ámbitos.
Art. 2º.- Los organismos que contaren con un sistema informático propio de contrataciones deberán introducirle las modificaciones correspondientes, con fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo primero.
Art. 3º.- A partir de la fecha de la presente, todas las jurisdicciones y entidades deberán transmitir sus órdenes de compra a la Oficina Nacional de Contrataciones por correo electrónico, transaf o soporte magnético estándar, a la dirección indicada en la última parte del Anexo II, quedando sin efecto la obligación de remitir las fotocopias de las órdenes de compra, impuesta mediante la Resolución S.H. Nº 225/96.
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Pablo E. Guidotti
ANEXO II
RUBROS COMERCIALES:
Código |
Descripción |
1 |
Alimentos |
2 |
Librería, papelería y útiles de oficina |
3 |
Elementos de limpieza |
4 |
Indumentaria y Textil |
5 |
Bazar y Menajes |
6 |
Ferretería |
7 |
Combustibles y Lubricantes |
8 |
Carpintería |
9 |
Electricidad y Telefonía |
10 |
Cerrajería |
11 |
Accesorios y repuestos del automotor |
12 |
Sanitarios, plomería y gas |
13 |
Informática |
14 |
Repuestos |
15 |
Vidriería |
16 |
Materiales de construcción |
17 |
Pinturas |
18 |
Tapicería |
19 |
Artículos del hogar |
20 |
Herrería |
21 |
Artículos para animales |
22 |
Maquinaria y equipo de producción |
23 |
Equipo de transporte, tracción y elevación |
24 |
Equipo sanitario y de laboratorio |
25 |
Equipo de comunicación y señalamiento |
26 |
Motores y generadores |
27 |
Equipo de oficina y muebles |
28 |
Máquina herramienta |
29 |
Utiles médico quirúrgico |
31 |
Gases industriales |
32 |
Agroquímicos |
33 |
Herramientas electrónicas, neumáticas y otras |
34 |
Equipo de audio y presentaciones |
35 |
Equipo contra incendio |
36 |
Material fotográfico |
37 |
Juegos y recreación |
38 |
Imprenta y editoriales |
39 |
Artículos de confección textil |
40 |
Correos y telégrafos |
50 |
Productos para imprenta |
42 |
Vigilancia y seguridad |
43 |
Limpieza, aseo y fumigación |
44 |
Alquiler de edificios y locales |
45 |
Mantenimiento de equipo |
46 |
Alquiler de equipos |
47 |
Alquiler de equipos de computación |
51 |
Productos farmacéuticos |
52 |
Equipo militar y de seguridad |
53 |
Material de guerra |
54 |
Servicio de vigilancia |
55 |
Obras de arte |
56 |
Productos veterinarios |
LUGAR DONDE DEBE REMITIRSE LA INFORMACION:
Oficina Nacional de Contrataciones
Dirección: Balcarce 186
Piso: 4
Oficina: 444
Teléfono: 349-6588/78
Fax: 349-6584
E-Mail: onc@mecon.gov.ar
ANEXO I