Ente Nacional Regulador del Gas TARIFAS Resolución 522/97 Autorízase a Camuzzi Gas del Sur S.A a trasladar a la
tarifa de los usuarios de su jurisdicción, la incidencia
de la variación de la alícuota del impuesto sobre
los Ingresos Brutos originada por disposiciones de la Ley Nº
2987 de la Provincia de Río Negro. Bs. As., 6/10/97 B.O: 15/10/97
VISTO el Expediente Nº 457/94 del Registro del ENTE NACIONAL
REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la Ley Nº 24.076, el Decreto
Reglamentario Nº 1738/92 y el Punto 9.6.2 de las Reglas Básicas
de las Licencia de Distribución de CAMUZZI GAS DEL SUR
S.A., y
CONSIDERANDO:
Que en ejercicio de su potestad tributaria, la Provincia de Río
Negro dictó la Ley Nº 2987, aumentando del 2,5 % al
3 % la alícuota del impuesto sobre los ingresos Brutos
a partir del 1º de junio de 1996.
Que el Impuesto sobre los Ingresos Brutos grava, entre otras actividades,
Ia distribución de gas natural por redes, por lo que dicha
modificación generó un aumento en los costos de
prestación del servicio de distribución de gas prestado
en esa jurisdicción provincial por CAMUZZI GAS DEL SUR
S.A.
Que el punto 9.6.2. de las Reglas Básicas de la Licencia
de Distribución de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A., establece
que las variaciones de costos que se originen en cambios en las
normas tributarias serán trasladadas a las tarifas de acuerdo
con lo dispuesto en el Artículo 41 de la Ley Nº 24.076
y su reglamentación.
Que CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. ha solicitado autorización
para trasladar a la tarifa de los usuarios de su jurisdicción
la incidencia de la variación de la alícuota del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos originada por las disposiciones
de la ley provincial mencionada, acreditando la incidencia que
dicha modificación le ocasionó en sus costos de
operación a partir de la modificación normativa.
Que existe discrepancia entre la DIRECCION GENERAL DE RENTAS de
la Provincia de Río Negro y CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. en
cuanto a la real incidencia de la modificación de las normas
tributarias provinciales.
Que ello deriva de la diferente interpretación que hacen
del Código Fiscal de la Provincia de Río Negro en
cuanto a la determinación de la base imponible del tributo.
Que de conformidad al Marco Regulatorio de la Actividad, y hasta
tanto haya resolución definitiva al respecto, corresponde
trasladar a tarifas los costos que efectivamente se originen en
la variación de las normas tributarias.
Que esta Autoridad Regulatoria se encuentra facultada para el
dictado del presente acto en virtud de lo establecido por el inciso
(f) del Artículo 52.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
Artículo 1º-Autorízase a CAMUZZI GAS
DEL SUR S.A. a trasladar a las tarifas los costos originados en
la variación de la alícuota del Impuesto a los Ingresos
Brutos de la Provincia de Río Negro a partir del 1º
de junio de 1996 (Ley Nº 2987), haciéndose constar
en la factura dicha variación de costos bajo la identificación
"Variación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos
de la Provincia de Río Negro".
Art. 2º-Otórgase a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A.
un plazo de QUINCE (15) días para presentar ante el ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) el procedimiento a aplicar
para recuperar los mayores costos que por tal modificación
normativa se le originaren desde el 1 de junio de 1996 hasta la
fecha de vigencia de la presente resolución.
Art. 3º- Comuníquese, notifíquese a
CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. en los términos del Artículo
41 del Decreto Nº 1759/72 (TO. 1991), publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. - Raúl E. Garcia.-Ricardo V. Busi.-Héctor
E. Fórmica. -Hugo D. Munoz.