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Resolución 53/98 del 29/01/98




Ministerio do Trabajo y Seguridad Social
PROGRAMAS DE EMPLEO
Resolución 53/98
Asígnanse fondos al Programa Trabajar II, que serán distribuidos en el mes de marzo del año 1998.
Bs. As., 29/1/98
VISTO Ley Nº 24.013 por la cual el MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL tiene la facultad de entender en la elaboración de políticas y programas de empleo y capacitación laboral; la Resolución M.T. y S.S. Nº 240 de fecha 16 de abril de 1.997, la Resolución M.T. y S.S. Nº 460 de fecha 23 de julio de 1.997, y la Resolución M.T. y S.S. Nº 690 de fecha 15 de octubre de 1.997, la Resolución M.T. y S.S. Nº 826 de fecha 27 de noviembre de 1.997, la Resolución M.T. y S.S. Nº 858 de fecha 30 de diciembre de 1.997, la Resolución M.T. y S.S. N. 43 de fecha 19 de enero de 1.998 y la Resolución M.T. y S.S. Nº 49 de fecha 26 de enero de 1.998.
CONSIDERANDO:
Que es responsabilidad del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL la ejecución del Programa TRABAJAR II.
Que resulta importante a través de los programas de empleo transitorio contribuir a la realización de obras de infraestructura social y servicios de promoción y desarrollo comunitarios orientados a mejorar la calidad de vida de la población, en particular a los sectores de menores recursos así como brindar ocupación transitoria a los trabajadores desocupados pobres.
Que los recursos disponibles para el Programa TRABAJAR II se distribuyen teniendo en cuenta el porcentaje de población objetivo por provincia con el objeto de asegurar criterios de equidad en la cobertura del mencionado Programa.
Que en las Resoluciones M.T. y S.S. Nº 240/97; M.T. y S.S. Nº 460/97; M.T. y S.S. Nº 690/97; M.T. y S.S. Nº 826/97; M.T. y S.S. Nº 858/97; M.T. y S.S. Nº 43/98 y M.T. y S.S. 49/98; se han asignado fondos para la aprobación de proyectos del Programa TRABAJAR II para el período comprendido entre mayo de 1997 y febrero de 1.998 y resulta necesario asignar fondos para el mes de marzo del año 1.998.
Que es necesario establecer criterios equitativos para el uso de los recursos disponibles para el Programa TRABAJAR II teniendo en cuenta que:
a) en algunas provincias. se han aprobado proyectos por montos en exceso de lo previsto, utilizando fondos como anticipo de futuras asignaciones.
b) en algunas jurisdicciones no se han utilizado la totalidad de los recursos asignados por la Resolución M.T. y S.S. Nº 690/ 97.
c) en algunas localidades y departamentos se han superado los niveles de cobertura de la población objetivo prevista.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º- Asignar al Programa TRABAJAR II la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES ($ 17.025.653) los que serán distribuidos en el mes de marzo del año 1.998, conforme a lo previsto en el ANEXO I de esta Resolución.
Art. 2º- La aprobación de proyectos en exceso de los recursos establecidos por las Resoluciones M.T. y S. S. Nº 240/97; M.T. y S.S. Nº 460/97; M.T. y S.S. Nº 690/97; M.T. y S.S. Nº 826/97; M.T. y S.S. Nº 858/97; M.T. y S.S. Nº 43/98; M.T. y S.S. Nº 49/98 serán considerados como adelanto de la asignación de la presente. Si el mencionado adelanto resultara una cifra superior a la correspondiente para el mes de marzo, se establecerá para esa provincia un piso mínimo equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40 %) del monto total correspondiente.
Art. 3º- Los montos asignados a las provincias por la Resolución M.T. y S.S. Nº 690/97 que no fueron comprometidos a través de proyectos aprobados quedaran cancelados.
Art. 4º- Se priorizará la aprobación de proyectos pertenecientes a localidades y/o departamentos que hayan alcanzado una cobertura inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de la población objetivo del Programa.
Art. 5º- Se podrá disponer de hasta un VEINTE POR CIENTO (20 %) de los recursos asignados en la presente resolución, para el mes de marzo, para la aprobación de proyectos de la tipología de servicios de promoción y desarrollo comunitario.
Art. 6º- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección de Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento de Publicaciones y Biblioteca y archívese.- Antonio E. González.
















































































Provincia

Monto

Buenos Aires

5.927.707

Capital Federal

369.601

Catamarca

227.863

Chaco

378.057

Chubut

170.464

Córdoba

1.233.540

Corrientes

261.209

Entre Ríos

693.277

Formosa

479.885

Jujuy

168.301

La Pampa

122.055

La Rioja

58.181

Mendoza

679.373

Misiones

760.082

Neuquén

307.739

Río Negro

361.519

Salta

955.760

San Juan

336.374

San Luis

80.874

Santa Cruz

15.775

Santa Fe

1.982.120

Santiago del Estero

320.913

Tierra del Fuego

38.307

Tucumán

1.096.678

TOTAL

17.025.653


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