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Resolución 55/98 del 12/01/98




Secretaría de Culto



CULTO



Resolución 55/98



Deniégase la inscripción de la organización
denominada "Centro Afro Epanda Umbanda Oxun-Xango" en
el Registro Nacional de Cultos.



Bs.As., 12/1/98



B.O: 17/02/98



VISTO el expediente R.E.: 2646/93, por el cual la organización
denominada "ENTRO AFRO EPANDA UMBANDA OXUN -XANCO" solicita
su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según
lo establecido por la Ley 21.745 en su art. 2º, y


CONSIDERANDO:


Que la documentación e información presentada por
la entidad peticionante resulta insuficiente a los fines de acreditar
el cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación
vigente.


Que a fojas 15, el Registro Nacional de Cultos entiende que no
corresponde inscribir a la organización requirente.


Que en opinión vertida por la Dirección General
de Asuntos Jurídicos de este Ministerio a fojas 17, no
se debe acceder a la inscripción solicitada en conformidad
con el criterio expuesto por el Director General del Registro
Nacional de Cultos, a fojas 15.


Por ello,


EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:


Artículo 1º-No hacer lugar a la inscripción
en el Registro Nacional de Cultos de la organización denominada
"CENTRO AFRO EPANDA UMBANDA OXUN-XANGO" con sede central
en la calle Buchardo 4114, de la localidad de Villa Ballester.
PROVINCIA DE BUENOS AIRES.


Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel
M. Centeno.

Administracionius UNLP

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