Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Resolución 561/98
Apruébase un Plan de Intercambio Compensado y el Programa
de Fabricación con Integración Nacional, presentados
por la firma Dav Argentina S. A.
Bs. As., 31/8/98
B.O: 3/9/98
VISTO el expediente Nº 060-002806/98, del registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el VISTO, la firma DAV ARGENTINA
S. A., con domicilio en la calle Saavedra s/nº de la localidad
de Carmen de Areco, Provincia de Buenos Aires, solicita la aprobación
de un Plan de Intercambio Compensado y un Programa de Fabricación
con Integración Nacional, que proyecta desarrollar como
empresa autopartista independiente de la industria automotriz.
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1 º de la
Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de
1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº
175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y
M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio
y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
en los artículos 5º, 6º, 14 y 15 del Decreto
Nº 33 del 15 de enero de 1996.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo l°-Apruébase el Plan de Intercambio
Compensado y el Programa de Fabricación con Integración
Nacional, presentados por la firma DAV ARGENTINA S.A., con domicilio
en la calle Saavedra s/nº de la localidad de Carmen de Areco,
Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican
en el Anexo de CUATRO (4) fojas que forman parte integrante de
la presente Resolución.
Art. 2°- Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente resolución se
regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996,
por la Resolución ex-S.M. e I N° 190 del 29 de abril
de 1996 y sus modificatorias, Resolución S.I.C. y M. N°
175 del 26 de septiembre de 1996, y Resolución S.I.C. y
M. Nº 291 del 11 de abril de 1997 y por la presente, come
así también por los compromisos asumidos por la
beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. N° 060-002806/98.
Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma DAV ARGENTINA S. A constituye domicilio
especial en Suipacha 268, piso 12 - Capital Federal, donde serán
válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales
que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia
o controversia la Jurisdicción de la Justicia Nacional
en lo Federal de la Capital Federal
Art. 4°-La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5° -Remítase copia de la presente resolución
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANA dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6° -Notifíquese a la interesada.
Art. 7°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto
A. Guadagni.
Nota:El Anexo que forma parte de la presente puede ser consultado en el B.O. del 3/9/98 pag. 3.