Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA
Resolución 567/98
Otórgase la continuidad del Programa de Especialización
Industrial que le fuera aprobado a Electrónica Iguazú
Sociedad Anónima a la firma Rheem Sociedad Anónima.
Bs. As., 31/8/98
B.O: 3/9/98
VISTO el Expediente Nº 060-004612/95 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que en dicho expediente se presentó la firma ELECTRONICA
IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA con domicilio en Ruta Nacional N°
7, km. 790, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, solicitando
el beneficio del Régimen de Especialización Industrial
instituido por el Decreto N° 2.641 del 29 de diciembre de
1992 y sus resoluciones reglamentarias.
Que por Resolución ex-S.M. e I. N° 164 del 12 de abril
de 1996 se aprobó el programa presentado por la empresa
citada en el considerando anterior, con vigencia hasta el año
1999 inclusive.
Que con fecha 26 de agosto de 1997 se presenta RHEEM SOCIEDAD
ANONIMA y manifiesta ser la continuadora de ELECTRONICA IGUAZU
SOCIEDAD ANONIMA por haber la segunda modificado su razón
social por esa nueva denominación.
Que habiendo RHEEM SOCIEDAD ANONIMA aportado la documentación
que acredita el cambio de denominación producido, solicita
se le otorgue la continuidad del Programa de Especialización
Industrial que le fuera aprobado a ELECTRONICA IGUAZU SOCIEDAD
ANONIMA por Resolución ex-S.M. e I. N° 164/96.
Que también procede emitir a favor de la nueva sociedad
los Certificados de Desgravación Arancelaria que aún
no se hubieran emitido por las exportaciones incrementales efectivizadas
por ELECTRONICA IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA con anterioridad a la
fecha de cambio de la denominación de su razón social.
Que la modificación propuesta no vulnera la suspensión
del Régimen de Especialización Industrial establecida
por el Decreto N° 977 del 20 de agosto de 1996.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio
y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta en virtud de lo establecido
en el artículo 15 del Decreto N° 2.641 del 29 de diciembre
de 1992 y el artículo 8° de la Resolución ex-S.I.C.
N° 14 del 18 de enero de 1993, modificada por la Resolución
ex-S.I.C. N° 80 del 24 de marzo de 1993.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1°- Tener por continuadora del Programa
de Especialización Industrial aprobado por Resolución
ex-S.M. e I. N° 164/96 a la firma RHEEM SOCIEDAD ANONIMA,
con domicilio en Ruta Nacional N° 7, km. 790, Ciudad de San
Luis, Provincia de San Luis, por modificación de la razón
social de la empresa ELECTRONICA IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 2°- Autorízase la emisión de Certificados
de Desgravación Arancelaria a favor de la firma RHEEM SOCIEDAD
ANONIMA, por las exportaciones incrementales efectivizadas por
la empresa ELECTRONICA IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA con anterioridad
a la fecha de modificación de la denominación social
y por las que no se hubieran otorgado aún los mismos.
Art. 3°- Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente resolución se
regirán por Decreto N° 2.641/ 92, por la Resolución
ex-S.I.C. N° 14/93, modificada por la Resolución ex-S.I.C.
N° 80/93, por la Resolución ex-S.I.C. N° 148
del 6 de mayo de 1993 y por la presente, como así también
por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente
Nº 060-004612/95 y sus agregados.
Art. 4°- Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar la firma RHEEM SOCIEDAD ANONIMA, constituye
domicilio especial en la calle Céspedes 3857, Capital Federal,
en donde serán validas todas las notificaciones judiciales
o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para
el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de
la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 5º-La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 6º-Remítase copia de la presente resolución
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS de MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art . 7°-Notifíquese a la interesada.
Art. 8°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto
A. Guadagni.