Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 577/98
Reconócese al Instituto de Hermanas de la Sagrada Familia
de Urgel como persona jurídica y entidad de bien público.
Bs. As., 13/2/98
B.O: 9/03/98
VISTO lo solicitado por el INSTITUTO DE HERMANAS DE LA SAGRADA
FAMILIA DE URGEL, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO DE HERMANAS DE LA SAGRADA FAMILIA DE URGEL, es
un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal
ha acreditado su carácter de persona jurídica pública
dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las
normas del Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus constituciones,
decreto de erección, memoria y constancia de admisión
en la REPUBLICA ARGENTINA debidamente aprobadas por la autoridad
eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1º de la Ley 24.483.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica
al INSTITUTO DE HERMANAS DE LA SAGRADA FAMILIA DE URGEL, con sede
legal en la calle Libertad, número SEISCIENTOS NOVENTA
Y NUEVE (699), Localidad de Villa Allende, PROVINCIA DE CORDOBA,
y domicilio especial en calle Juan B. Alberdi, número DOS
MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO (2555), Ciudad de BUENOS AIRES,
la que queda inscripta bajo el número CIENTO CINCUENTA
(150) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada
el carácter de entidad de bien público, a todos
los efectos que correspondan.
Art
. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel
M. Centeno.