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Resolución 579/98 del 3/09/98



Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA

Resolución 579/98

Establécese que se tiene por continuadora de los Programas de Especialización Industrial aprobados por Resoluciones Nros. 163/96 ex- SMI y 214/96 a la firma Kcar Sociedad Anónima.

Bs. As., 3/9/98

B.O.: 8/9/98

VISTO el Expediente N° 060-004703/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO, la firma KCAR SOCIEDAD ANONIMA, con domicilio en la Avenida del Libertador 498, Piso 24, Capital Federal, aporta la documentación necesaria a fin de acreditar que es continuadora de la empresa DESCARTABLES ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL.

Que de acuerdo a las constancias que obran en las actuaciones, previo al cambio mencionado, la firma DESCARTABLES ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL se había fusionado mediante absorción con la empresa POLYAR SOCIEDAD ANONIMA.

Que en virtud del cambio de razón social producido, KCAR SOCIEDAD ANONIMA solicita ser continuadora del programa de Especialización Industrial que le fuera aprobado a DESCARTABLES ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL por Resolución ex S.M.e I. N° 163 de fecha 12 de abril de 1996.

Que por la fusión por absorción producida con anterioridad al cambio de la denominación de la razón social, procede se adopte el mismo criterio con relación al programa aprobado por Resolución ex- S.M. e I. N° 214 de fecha 7 de mayo de 1996, a favor de la firma POLYAR SOCIEDAD ANONIMA. Que la modificación propuesta no vulnera la suspensión del Régimen de Especialización Industrial establecida por el Decreto N° 977 del 20 de agosto de 1996.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 15 del Decreto N° 2641 del 29 de diciembre de 1992 y el artículo 8° de la Resolución ex- S.I.C. N° 14 del 18 de enero de 1993, modificada por la Resolución ex- S.I.C. N° 80 del 24 de marzo de 1993.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1°—Téngase por continuadora de los Programas de Especialización Industrial aprobados por Resolución ex- S.M. e I. N° 163/96 y por Resolución ex- S.M. e I. N° 214/96 a la firma KCAR SOCIEDAD ANONIMA, con domicilio en la Avenida del Libertador 498, Piso 24, Capital Federal, por cambio en la denominación de la razón social de la empresa DESCARTABLES ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL y en virtud de la fusión por absorción producida de POLYAR SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 2° — Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 2641/92, por la Resolución ex- S.I.C. N° 14/93, modificada por la Resolución ex- S.I.C. N° 80/93, por la Resolución ex- S.I.C. N° 148 del 6 de mayo de 1993 y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en los Expedientes N°s. 632.059/94, 060009650/95 y 060-004703/97 y agregados.

Art. 3° — Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar la firma KCAR SOCIEDAD ANONIMA, constituye domicilio especial en la Avenida del Libertador 498, Piso 24, Capital Federal, en donde serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5° — Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6° — Notifíquese a la interesada.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase. — Alieto A. Guadagni.

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