[b] MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
Resolución Nº 60/2007
Bs. As., 14/3/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0057004/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Artículo 1º del Decreto Nº 1678 de fecha 17 de noviembre de 2006 se aprueba el Modelo de Convenio de Préstamo a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el FONDO INTERNACIONAL DE DESARROLLO AGRICOLA (FIDA), con destino al PROYECTO DE DESARROLLO RURAL DE LA PATAGONIA (PRODERPA), el que luego se formaliza en fecha 27 de noviembre de 2006, a través del CONVENIO DE PRESTAMO Nº 648 – AR.
Que el objetivo de dicho proyecto es reducir las condiciones de vulnerabilidad económica y ambiental de la población rural pobre de la Patagonia mediante un proceso de construcción de activos para el desarrollo rural con equidad de género y uso sostenible de los recursos naturales.
Que en tal sentido, por el Artículo 5º del citado Decreto Nº 1678/06, se autoriza a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en su carácter de organismo ejecutor, a crear en su ámbito la Unidad Central de Coordinación de dicho Proyecto y a fortalecerla con los recursos financieros y humanos necesarios, a fin de asegurar el normal desarrollo del proyecto, así como su correcta ejecución y seguimiento.
Que en concordancia, resulta adecuado además, determinar el funcionario que actuará como Coordinador Técnico del Proyecto (CTP), esto último transitoriamente y hasta tanto se realice el concurso público abierto a nivel nacional, previsto en los términos del citado Convenio de Préstamo.
Que la Ingeniera Agrónoma Doña Patricia Cora ARECO (M.I. Nº 10.823.593) reúne las condiciones y los antecedentes necesarios para desempeñar el cargo de Coordinador Técnico del Proyecto (CTP).
Que se ha dado cumplimiento en lo pertinente, a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas mediante el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004 y el Artículo 5º del Decreto Nº 1678 de fecha 17 de noviembre de 2006.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Créase, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Unidad Central de Coordinación del PROYECTO DE DESARROLLO RURAL DE LA PATAGONIA (PRODERPA), que desempeñará funciones normativas y de guía metodológica del citado Proyecto.
ARTICULO 2º — La Unidad Central de Coordinación del PROYECTO DE DESARROLLO RURAL DE LA PATAGONIA (PRODERPA) estará a cargo del Coordinador Técnico del Proyecto (CTP), que desarrollará las funciones previstas en el Apéndice 3, Punto 5, Apartado 5.3 del CONVENIO DE PRESTAMO Nº 648 – AR, suscripto en fecha 27 de noviembre de 2006, entre la REPUBLICA ARGENTINA y el FONDO INTERNACIONAL DE DESARROLLO AGRICOLA (FIDA).
ARTICULO 3º — Determínase que la Ingeniera Agrónoma Doña Patricia Cora ARECO (M.I. Nº 10.823.593), actuará como Coordinador Técnico del Proyecto (CTP), transitoriamente y hasta tanto se realice el concurso público abierto a nivel nacional, previsto en los términos del citado Convenio de Préstamo.
([b]Nota Infoleg: por art. 3° de la Resolución N° 13/2007 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos B.O. 2/8/2007 se extiende la vigencia del presente artículo, hasta tanto se dé cumplimiento a la instrucción dada por el art. 2° de la norma de referencia -Res. 13/2007-.)
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JAVIER MARIA DE URQUIZA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.
e. 22/3 Nº 540.859 v. 22/3/2007