Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 695/98
Asignación de numeración para diversos prestadores,
con carácter transitorio.
Bs. As., 05/03/98.
B. O.: 10/03/98.
VISTO lo dispuesto por el Decreto N° 1620/96, las Resoluciones
CNT N° 1083/95 y S.C. N° 2464/97, lo tramitado en el
Expediente N° EXPCNC E. 10613/97 y
CONSIDERANDO:
Que los servicios de valor agregado se encuentran reglamentados
en su aspecto general por la Resolución C. N.T. N°
1083/95 y en particular el Servicio de Llamadas Masivas por la
Res. S.C. N° 2464/97.
Que el reglamento del servicio aludido establece que el mismo
debe prestarse con líneas de tasación y numeración
diferencial.
Que es facultad de esta Secretaría de Comunicaciones administrar
los Planes Técnicos Fundamentales.
Que mediante la Resolución S.C. N° 46/97 se aprobó
el Plan Fundamental de Numeración Nacional.
Que a los efectos de la asignación se ha tenido en cuenta
el pedido del solicitante y la disponibilidad de números
dentro del subrango de numeración que se ha previsto.
Que la Gerencia de Control y la Gerencia de Jurídicos y
Normas Regulatorias de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
han tomado la intervención que respectivamente les compete.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Anexo II del Decreto N° 1620/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1°- Asígnase, con carácter
transitorio ya que el prestador deberá adecuarse a lo dispuesto
por el Plan Fundamental de Numeración Nacional a CALL CENTER
S.A., la numeración según se indica en el Anexo
I que forma parte de la presente.
Art. 2°- Asígnase, con carácter transitorio
-ya que el prestador deberá adecuarse a lo dispuesto por
el Plan Fundamental de Numeración Nacional- a KUAB S.A.,
la numeración según se indica en el Anexo I que
forma parte de la presente.
Art. 3°- Asígnase, con carácter transitorio
ya que el prestador deberá adecuarse a lo dispuesto por
el Plan Fundamental de Numeración Nacional a AKI S.A.,
la numeración según se indica en el Anexo I que
forma parte de la presente.
Art. 4°- Asígnase, con carácter transitorio
-ya que el prestador deberá adecuarse a lo dispuesto por
el Plan Fundamental de Numeración Nacional- a AUDIOTEL
S.A., la numeración según se indica en el Anexo
I que forma parte de la presente.
Art. 5°- Asígnase, con carácter transitorio
ya que el prestador deberá adecuarse a lo dispuesto por
el Plan Fundamental de Numeración Nacional a TELINFOR S.A.,
la numeración según se indica en el Anexo I que
forma parte de la presente
Art. 6°- Asígnase, con carácter transitorio
-ya que el prestador deberá adecuarse a lo dispuesto por
el Plan Fundamental de Numeración Nacional- a TELETEV S.A.
ARGENTINA, la numeración según se indica en el Anexo
I que forma parte de la presente.
Art. 7°- Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. - Germán Kammerath.
1. Numeración asignada CALL CENTER S.A. para el Servicio
de Llamadas Masivas modalidad con cobro normal.
CANTIDAD
DE
NUMEROS | INDICATIVO
DE
SERVICIO | NUMERO
DE
CLIENTE |
100 | 609 | 1-88DU |
2. Numeración asignada a KUAB S.A. para el Servicio de
Llamadas Masivas modalidad con cobro normal.
CANTIDAD
DE
NUMEROS | INDICATIVO
DE
SERVICIO | NUMERO
DE
CLIENTE |
100 | 609 | 1-06DU |
3. Numeración asignada AKI S.A. para el Servicio de Llamadas
Masivas modalidad con cobro normal.
CANTIDAD
DE
NUMEROS | INDICATIVO
DE
SERVICIO | NUMERO
DE
CLIENTE |
100 | 609 | 1-33DU |
4. Numeración asignada a AUDIOTEL S.A. para el Servicio
de Llamadas Masivas modalidad con cobro normal.
CANTIDAD
DE
NUMEROS | INDICATIVO
DE
SERVICIO | NUMERO
DE
CLIENTE |
100 | 609 | 1-60DU |
5. Numeración asignada a TELINFOR S.A. para el Servicio
de Llamadas Masivas modalidad con cobro normal.
CANTIDAD
DE
NUMEROS | INDICATIVO
DE
SERVICIO | NUMERO
DE
CLIENTE |
100 | 609 | 1-44DU |
6. Numeración asignada a TELETV S.A. ARGENTINA para el
Servicio de Llamadas Masivas modalidad con cobro normal.
CANTIDAD
DE
NUMEROS | INDICATIVO
DE
SERVICIO | NUMERO
DE
CLIENTE |
100 | 609 | 1-64DU |