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Resolución 7/97 del 04/06/97





Comisión Nacional de Trabajo Agrario

SALARIOS

Resolución 7/97

Fíjanse los Topes Indemnizatorios correspondientes a
las escalas salariales de la actividad Hortícola para las
Provincias de Buenos Aires y La Pampa.


Bs. As., 4/6/97

B.O: 8/7/97

VISTO, las Resoluciones CNTA Nros.12/93, 13/93,12/94 y 24/95y
lo dispuesto por el artículo 76 inciso a) de la Ley 22.248,
texto conforme art. 155 de la Ley 24.013, y

CONSIDERANDO:

Que las Resoluciones CNTA Nros. 12/93, 13/93, 12/94 y 24/95 establecen
remuneraciones para el personal ocupados en la actividad Hortícola
para las Provincias de Buenos Aires y La Pampa.

Que por ende, resulta necesario dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 76, inciso a) de la Ley 22.248, texto conforme
artículo 155 de la Ley 24.013.

Que en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas
por el artículo 86 de la Ley 22.248.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

Artículo 1º-Fijar los Topes Indemnizatorios
(artículo 76, inciso a del Régimen Nacional de Trabajo
Agrario) que se consignan en el Anexo de la presente resolución,
correspondientes a las escalas salariales de la actividad Hortícola
para las Provincias de Buenos Aires y La Pampa, conforme Resoluciones
C.N.T.A. Nros. 12/93, 13/93, 12/94 y 24/95.

Art. 2º-Hacer saber que los promedios indicados en
el anexo, son los vigentes a partir del dictado de la Resoluciones
Nros. 12/93, 13/93, 12/94 y 24/95, conforme los acuerdos celebrados
por las partes y homologados por esta Comisión Nacional.

Art. 3º-Registrar, comunicar al MINISTERIO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL a efectos de su remisión a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y archivar.-Jorge
L. Ginzo.-Daniel Sarmiento.-Carlos A. Hubert.-Ricardo Grether.-Jorge
Herrera.

ANEXO

RESOLUCION C.N.T.A. Nº 04/97

REGIMEN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO (LEY 22.248)

MONTOS TOPES BASE PROMEDIO MENSUAL $ TOPE INDEMNIZATORIO $
INDEMNIZATORIOS

Desde 1º de enero de 327,45 982.35
1993

1º de marzo de 1993 347,21 1.041,63

1º de diciembre de 361.09 1.083,27
1994

1º de mayo de 1995 375,63 1.126,63






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