Secretaría de Industria, Comercio y Minería INDUSTRIA AUTOMOTRIZ Resolución 746/97 Apruébase un plan de intercambio compensado presentado
por "Taranto San Juan S.A.". Bs. As., 6/8/97 B.O: 12/8/97
VISTO el expediente Nº 060-019246/96. del registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma
"TARANTO SAN JUAN S.A.", con domicilio en Avda. José
Ignacio de la Rosa 410 (O), Provincia de San Juan, solicita la
aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta
desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria
automotriz, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la
Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de
1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº
175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y
M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.
Que la Delegación III de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
en los artículos 6º y 14 del Decreto Nº 33 del
15 de enero de 1996 y en el artículo 1º de la Resolución
ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias
Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre
de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de
abril de 1997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º-Apruébase el plan de intercambio
compensado presentado por la firma "TARANTO SAN JUAN S.A."
con domicilio en José Ignacio de la Rosa 410 (O), Provincia
de San Juan con las condiciones que se indican en el Anexo de
DOS (2) fojas que forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente resolución se
regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996,
por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril
de 1996y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº
175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y
M. Nº 291 del 11 de abril de 1997 y por la presente, como
así también por los compromisos asumidos por la
beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. Nº 060-019246/96.
Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma "TARANTO SAN JUAN S.A."
constituye domicilio especial en Tucumán 1438, Piso 3º,
Oficina 302, Capital Federal, donde serán válidas
todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le
practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia
la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de
la Capital Federal.
Art. 4º-La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5º-Remítase copia de la presente resolución
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6º-Notifíquese a la interesada.
Art.7º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto
A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 746
Expediente Nº 060-019246/96
Empresa: TARANTO SAN JUAN S A.
Productos a Exportar:
Posición N.C.M. Descripción
3926.90.90 Juntas
4008.21.00 Juntas
4016.93.00 Juntas
4016.99.90 Juntas
4016.99.90 Retenes
6811.90.00 Juntas
6812.90.10 Juntas
6812.90.90 Ferroflex
7326.90.00 Juntas
7419.99.00 Juntas
8484.10.00 Juntas
8484.90.00 Juntas
8484.10.00 Juntas
8484.90.00 Juntas
Productos a Importar:
Posición N.C.M. Descripción
4008.29.00 Bloques de corcho.
4016.93.00 Juntas
6812.90.10 Juntas
7315.12.10 Cadenas de distribución
7415.21.00 Arandelas
8409.91.90 Retenes
8409.99.20 Pistones
8413.30.30 Bombas de aceite
8466.52.00 Bancadas
8483.10.20 Arbol de leva
8483.30.20 Cojinetes
8484.10.00 Prejuntas
8484.10.00 Juntas
8511.10.00 Bujías
8511.90.00 Platinos
8544.30.00 Cables bujías
9032.10.90 Termostatos
9032.90.91 Termostatos