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Resolución 753/97 del 11/08/97





Secretaría de Industria, Comercio y Minería

IMPORTACIONES

Resolución 753/97

Otórgase el beneficio establecido por la Resolución
Nº 502/95-MEYOSP a la importación de bienes integrantes
de un proyecto presentado por Cerámica Alberdi S.A.


Bs.As., 11/8/97

B.O.: 15/08/97

VISTO el Expediente Nº 061-001255/96 del Registro del MlNISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y,

CONSIDERANDO.

Que la firma CERAMICA ALBERDI S.A. ha solicitado los beneficios
establecidos en el "Régimen de Proyectos para la Instalación
de Nuevas Plantas Industriales" conforme a la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº
502 de fecha 7 de noviembre de 1995 para la importación
de equipamiento adquirido a la firma SOCIETA IMPIANTI TERMOELECTRICI
INDUSTRIALI S.p.a. de la Ciudad de NOVARA, REPUBLICA ITALIANA

Que el proyecto de inversión presentado corresponde a una
ampliación de la planta que la empresa tiene instalada
en JOSE C. PAZ - PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y tendrá por
objeto la manufactura de cerámicos esmaltados para revestimientos.

Que CERAMICA ALBERDI S.A. adquirió el compromiso de obtener
una certificación de norma internacional de calidad mediante
un acuerdo establecido con un certificadora de calidad acreditada
a tal fin.

Que asimismo, la firma mencionada ha asumido el cumplimiento de
un programa de exportación de los bienes a elaborar, de
acuerdo a las condiciones previstas por la Autoridad de Aplicación,
según el Articulo 9º de la Resolución ex-S.C.
e I. Nº 318 de fecha 26 de diciembre de 1995.

Que se cuenta con un informe favorable emitido por el INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), quien dictaminó
sobre el proyecto determinado que el mismo concuerda con la reglamentación
vigente.

Que del análisis efectuado surge que la línea a
importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución
M.E. y O. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 y
que se ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por
la Resolución ex-S.C. e I. Nº 318 de fecha 26 de diciembre
de 1995.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención
que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente
viable.

Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo
6º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502 de
fecha 7 de noviembre de 1995 y el Decreto Nº 1450 de fecha
12 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º-Considérase sujeta al beneficio
establecido por los Artículos 2º y 8º de la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº
502 de fecha 7 de noviembre de 1995 la importación de bienes
integrantes del proyecto presentado por la firma CERAMICA ALBERDI
S.A., consistente en una ampliación de planta para la manufactura
de cerámicos esmaltados, cuya descripción de bienes
se detalla en el Anexo I que en SIETE (7) planillas forma parte
integrante de la presente Resolución.

Art. 2º-Atento a lo requerido por el Artículo
5º del Inciso a) de la Resolución M.E. y O. y S.P.
Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 la firma deberá
dar cumplimiento en el plazo establecido en el Artículo
12 de la Resolución ex-S.C. e I. Nº 318 de fecha 26
de diciembre de 1995 para la presentación del correspondiente
certificado de norma internacional de calidad.

Art. 3º-El incumplimiento por la beneficiaria de los
objetivos establecidos en el proyecto de inversión para
la mencionada planta y/o de los límites para importación
de repuestos estipulados en el Artículo 2º de la Resolución
del M.E. y 0. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995
y/o de la presentación del certificado de norma internacional
de calidad y/o el compromiso de exportación, dará
lugar a la aplicación del Artículo 13 de la Resolución
M.E. y 0. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995.
Dichas sanciones serán aplicables también en el
caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido
en la situación prevista en el Artículo 15 de la
Resolución M.E. y 0. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre
de 1995.

Art. 4º-A través de la DIRECCION DE PROMOCION
DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO
EXTERIOR notifíquese a la interesada.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto
A. Guadagni.

NOTA: EL ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 753 PUEDE HALLARSE
EN EL B.O. DEL 15/8/97 PAG 11 y 12.

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