MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Resolución Nº 787 Bs.As.. 11/7/97 B.O.: 24/07/97
VISTO el Expediente Nº 561-025748/95 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita el Concurso
Público Nacional e Internacional para adjudicar, por el
sistema de Concesión de Obra Pública regulado por
Ley Nº 17520modificada por su similar Nº 23.696, LA
CONCESION PARA LA CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACION DE
LA CONEXION FISICA ENTRE LAS CIUDADES DE ROSARIO-PROVINCIA DE
SANTA FE-Y VICTORIA-PROVINCIA DE ENTRE RIOS-.
Que el día 17 de junio de 1997, a las DOCE (12) horas expiro
el plazo de recepción de ofertas, verificándose
la presentación de UN (1) oferente, integrado por las empresas:
BOUYGUES SOCIEDAD ANONIMA, JAN DE NUL N. V., DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES
SOCIEDAD ANONIMA, FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SOCIEDAD
ANONIMA y DYCASA DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA.
Que el Grupo de Trabajo y el Comité Ejecutivo creados por
Convenios Interjurisdiccionales de fechas 19 de septiembre de
1991 y 11 de mayo de 1995 han realizado un pormenorizado análisis
de la oferta presentada, del cual surge que esta no reúne
las características de oferta valida en los términos
del Pliego de Bases y Condiciones y que debe ser rechazada.
Que la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE comparte el criterio
sustentado por el Grupo de Traba3O y el Comité Ejecutivo
arriba mencionados, en el sentido de que la oferta debe rechazarse
y el Concurso debe ser dejado sin efecto.
Que no mereciendo el tramite licitatorio observación alguna,
corresponde aprobar todo lo actuado por el Grupo de Trabajo, el
Comité Ejecutivo, y la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio
ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la
presente, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto
Nº 855 del 6 de diciembre de 1995.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º-Apruébase lo actuado por el Grupo
de Trabajo, el Comité Ejecutivo y la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS Y TRANSPORTE en el proceso licitatorio que fuera dispuesto
por Decreto Nº 855 del 6 de diciembre de 1995.
ARTICULO 2º-Recházase la oferta presentada
por el Consorcio integrado por las empresas: BOUYGUES SOCIEDAD
ANONIMA. JAN DE NUL N. V., DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD
ANONIMA, FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SOCIEDAD ANONIMA
y DYCASA DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA,
por no ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones del Concurso
Publico Nacional e Internacional para el otorgamiento por el Sistema
de Concesión de Obra Pública dentro de la Ley Nº
17.520. modificada por su similar Nº 23.696. de LA CONCESION
PARA LA CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACION DE LA CONEXION
FISICA ENTRE LAS CIUDADES DE ROSARIO - PRQVINCIA DE SANTA FE -Y
VICTORIA-PROVINCIA DE ENTRE RIOS-.
ARTICULO 3º - Déjase sin efecto el Concurso
Publico Nacional e Internacional citado en el artículo
anterior.
ARTICULO 4º-Comuníquese a la COMISION BICAMERAL
DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION creada por el artículo
14 de la Ley Nº 23.696.
ARTICULO 5º-Comuniquese, publíquese, dese a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Dr. ROQUE BENJAMIN FERNANDEZ, Ministro de Economía y
Obras y Servicios Públicos.
e. 24/7 Nº 193.087 v. 24/7/97