Secretaría de Industria, Comercio y Minería INDUSTRIA AUTOMOTRIZ Resolución 830/97 Apruébase un plan de intercambio compensado presentado
por la firma "Maet Argentina S. A." Bs. As., 26/8/97. B. O.: 1/9/97.
VISTO el expediente N° 060-001612/97, del registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma
"MAET ARGENTINA S.A.", con domicilio en Ruta 30 y 226,
Parque Industrial, Tandil, Provincia de Buenos Aires, solicita
la aprobación de un plan de intercambio compensado que
proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de
la industria automotriz, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la
Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de
1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N°
175 del 26 de setiembre de 1.996y Resolución S.I.C. y M.
N° 291 del 11 de abril de 1.997.
Que la Delegación III de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVCIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del
15 de enero de 1.996 y en el articulo 1° de la Resolución
ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias
Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre
de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de
abril de 1.997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1°- Apruébase el plan de intercambio
compensado presentado por la Firma "MAET ARGENTINA S.A."
con domicilio en Ruta 30 y 226, Parque Industrial, Tandil, Provincia
de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo
de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°- Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente resolución se
regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996,
por la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril
de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N°
175 del 26 de setiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y
M. N° 291 del 11 de abril de 1.997, y por la presente, como
así también por los compromisos asumidos por la
beneficiaria en el expediente M. E. y O. y S. P. N° 060-001612/97.
Art. 3°- Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma "MAET ARGENTINA S.A." constituye
domicilio especial en Tucumán 862, Piso 2°, Oficina
"B", Capital Federal, donde serán validas todas
las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen,
siendo competente para el caso de divergencia o controversia la
jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la
Capital Federal.
Art. 4°- La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5°- Remítase copia de la presente resolución
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6°- Notifíquese a la interesada.
Art. 7°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Aileto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N° 830
Expediente N° 060-001612/97
Empresa: MAET ARGENTINA S.A.
Productos a Exportar:
Posición N.C.M. Descripción
8409.99.12 Tapas de cilindro
8409.99.15 Múltiple de escape
8708.99.00 Engranaje para cajas de cambio
Productos a Importar:
Posición N.C.M. Descripción
8708.99.00 Engranajes de cajas de cambio
8708.99.00 Piñones y Corona
8708.99.00 Crucetas de Transmisión
8708.99.00 Partes de diferencial