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Resolución 86/97 del 07/08/97





Ministerio de Justicia

CONCILIADORES LABORALES

Resolución 86/97

Desígnanse, en los términos y condiciones previstas
en la Ley N° 24.635.


Bs. As., 7/8/97.

B. O.: 15/8/97.

VISTO la Ley N° 24.635 por la que se crea la Instancia Obligatoria
de Conciliación Laboral y el Decreto N° 1169 de fecha
16 de octubre de 1.996, reglamentario de la mencionada Ley, y

CONSIDERANDO

Que, por el artículo 5° de la Ley citada en el VISTO
se creó el Registro Nacional de Conciliadores Laborales,
dependiendo de este Ministerio, con responsabilidad sobre su constitución,
calificación, coordinación, depuración, actualización
y gobierno.

Que la Resolución M.J. N° 125 de fecha 8 de mayo de
1.996 creó una Comisión con el objeto de implementar
un sistema de evaluación de los conciliadores que conformarán
el registro de referencia.

Que, asimismo, por Resolución M.J. N° 097 de fecha
6 de marzo de 1.997 se conformó el Registro de Conciliadores
Laborales, fijando su integración con hasta un número
de CIENTO OCHENTA (180) abogados, con antecedentes en materia
de Derecho del Trabajo.

Que por Resolución M.J. N° 304 de fecha 6 de junio
de 1.997 se llamó a inscripción de aspirantes para
la integración del Registro.

Que la Comisión integrada por Resolución M.J. N°
97/97 ha elevado en forma oportuna su propuesta.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas
por el artículo 5° de la Ley N° 24.635 y el artículo
29 del Decreto N° 1169/96.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA

RESUELVE:

Artículo 1°- Desígnanse Conciliadores
Labores, en los términos y condiciones previstas en la
Ley N° 24.635, a los CIENTO OCHENTA (180) abogados que se
detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.


Art. 2°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Raúl E. Granillo Ocampo.

NOTA: Ver el Anexo I (Listado de Conciliadores Laborales
seleccionados por la Comisión Asesora - Resolución
M. J. 97/97) que forma parte integrante de la presente Resolución,
en el Boletín Oficial de fecha 15/8/97, página N°
10.

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