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Resolución 861/97 del 02/09/97




Secretaría de Industria, Comercio y Minería



INDUSTRIA AUTOMOTRIZ



Resolución 861/97



Apruébase un plan de intercambio compensado presentado
por la firma "Mirgor Sociedad Anónima Comercial Industrial
Financiera Inmobiliaria Agropecuaria".



Bs. As., 2/9/97



B.O: 5/9/97



VISTO el expediente N° 060-016994/96 del registro del MlNISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma
"MIRGOR SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL FINANCIERA
INMOBILIARIA AGROPECUARIA", con domicilio en Einstein 1111,
Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida
e Islas del Atlántico Sur, solicita la aprobación
de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar
como empresa autopartista independiente de la industria automotriz,
y


CONSIDERANDO




Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable.


Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la
Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de
1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N°
175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y
M. N° 291 del 11 de abril de 1997.


Que la Delegación III de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.



Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del
15 de enero de 1996 y en el artículo 1° de la Resolución
ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias
Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre
de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de
abril de 1997.


Por ello,


EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:


Artículo 1°-Apruébase el plan de intercambio
compensado presentado por la firma "MIRGOR SOCIEDAD ANONIMA
COMERCIAL INDUSTRIAL FINANCIERA INMOBILIARIA AGROPECUARIA"
con domicilio en Einstein 1111, Río Grande, Provincia de
Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1)
foja que forma parte integrante de la presente Resolución.



Art. 2°-Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente resolución se
regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996,
por la Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril
de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N°
175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y
M. N° 291 del 11 de abril de 1997 y por la presente, como
así también por los compromisos asumidos por la
beneficiaria en el expediente.




Art. 3º -A los efectos de cómputo de las exportaciones
afectadas al plan de intercambio compensado, no se podrán
incluir aquellas exportaciones realizadas por la empresa beneficiaria
al Territorio Continental previstas en la Ley N° 19.640.



Art. 4°-A los efectos de ser considerados como autopartes
de origen nacional y por lo tanto ser objeto de los programas
de intercambio compensado, las mismas deberán tener los
porcentajes máximos de partes importadas establecidos en
el artículo 5° del Decreto N° 33 del 15 de enero
de 1996.


Art. 5º-Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma "MIRGOR SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL
INDUSTRIAL FINANCIERA INMOBILIARIA AGROPECUARIA" constituye
domicilio especial en Av. Paseo Colón 482, Piso 2°,
Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones
judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente
para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción
de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.


Art. 6°-La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente de su notificación.



Art. 7°-Remítase copia de la presente resolución
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MlNISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.


Art. 8°-Notifíquese a la interesada.


Art. 9°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto
A. Guadagni.


Expediente N° 060-016994/96


ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N° 861



Empresa: MIRGOR SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL COMERCIAL FINANCIERA
INMOBILIARIA AGROPECUARIA


Productos a Exportar:





Posición N. C. M. Descripción
8415.90.00 Equipos aire acondicionado.





Productos a Importar:






















Posición N.C.M.Descripción
4009.31.00 Mangueras
8414.30.91 Compresor
8415.90.00 Equipos Aire Acondicionado
8415.90.00 Partes y piezas
848 1.80.21 Válvulas
8501.31.10 Motores
9032.20.00 Presostatos












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