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Resolución 87/97 del 20/06/97





Instituto Nacional de Obras Sociales

OBRAS SOCIALES

Resolución 87/97

Desígnase Delegada liquidadora de las Ex - Obras Sociales:
Portuarios de Santa Fe, Portuarios de San Nicolas, Portuarios
de Villa Constitución, Portuarios de San Pedro, Portuarios
de San Lorenzo y Portuarios de Rosario.


Bs. As., 20/6/97

B.O. 27/6/97

VISTO: las Actuaciones Nros. 33.227/95 ANSSAL de la OBRA SOCIAL
PORTUARIOS DE SANTA FE (RNOS 1- 1700): 33.253/94 ANSSAL y 35.412/96
ANSSAL de la OBRA SOCIAL PORTUARIOS DE SAN NICOLAS (RNOS. 1-1680):
33.252/94 ANSSAL de la OBRA SOCIAL PORTUARIOS DE VILLA CONSTITUCION
(RNOS 1-1710); 33.225/95 ANSSAL de la OBRA SOCIAL PORTUARIOS DE
SAN PEDRO (RNOS 1-1690): Expediente Nº 53.286/95 ANSSAL,
Actuaciones Nros. 33.810/93 ANSSAL. 30.739/93 ANSSAL, PORTUARIOS
DE SAN LORENZO (RNOS 11660): Expedientes Nros. 54.327/95 ANSSAL,
50.277/95 Cpos. 1 y 2 ANSSAL 51.030/94 ANSSAL, 60.941/96 ANSSAL
Actuaciones 34.568/95 ANSSAL. 34.443/ 95 ANSSAL,34.227/95 ANSSAL,
35.857/ 96 ANSSAL. de la OBRA SOCIAL PORTUARIOS DE ROSARIO (RNOS
1-1650), y RESOLUCION Nº0048/97 ANSSAL, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución del VISTO se procedió
a dar de baja en el Registro Nacional de Obras Sociales de este
organismo a los Agentes de Salud referenciados.

Que de las constancias obrante en las mencionadas Actuaciones
surge la necesidad de llevar adelante la liquidación administrativa
de los Ex-Agentes de Salud.

Por ello. en virtud de lo normado por las Leyes 23.360 y 23.361
y los Decretos Nros 784/93 y 785/93 PEN:

EL INTERVENTOR EN EL INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES

RESUELVE:

Artículo 1º-Designar Delegada liquidadora delas
Ex-OBRAS SOCIALES: 1) 1-1700 PORTUARIOS DE SANTA FE, 2) 1 - 1680
PORTUARIOS DE SAN NICOLAS, 3) 1 - 1710 PORTUARIOS DE VILLA CONSTITUCION,
4) 1 - 1690 PORTUARIOS DE SAN PEDRO, 5) 1-1660 PORTUARIOS DE SAN
LORENZO, y 6) (RNOS 1 - 1650) PORTUARIOS DE ROSARIO, a la Señora
María de los Angeles AINSE MAGARIÑOS (D.N.I. Nº
11.672.723), quien deberá adecuar su actuación a
la Resolución Nº 2316/96 y 0056/96 INOS ANSSAL.

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese,
dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, a la
D.G.I., al ANSSES y oportunamente archívese. - José
L. Lingeri.

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