Secretaría de Industria, Comercio y Minería. IMPORTACIONES Resolución 877/97 Considérase a la firma Molinos Río de la Plata
S.A. continuadora del proyecto presentado por Fidear S.A., para
la instalación de una planta que estará afectada
a la fabricación de una nueva línea de pastas alimenticias. Bs. As., 4/9/97 B.O: 9/9/97
VISTO el Expediente N° 030-000943/96 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que a la firma FIDEAR S.A., por Resolución SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA N° 12 de fecha 12 de agosto
de 1996, le han sido otorgados los beneficios establecidos en
el Régimen de Importación de bienes integrantes
de "Proyectos para la Instalación de Nuevas Plantas
Industriales" conforme a la Resolución del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 502/95.
Que la firma MOLINOS RIO DE LA PLATA S.A. se presenta el 3 de
enero de 1997 con el fin de solicitar al SEÑOR SECRETARIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA se considere a MOLINOS RIO DE
LA PLATA S.A. como continuadora y por lo tanto titular de los
beneficios concedidos mediante la Resolución S.I.C. y M.
N° 12/96.
Que la misma adjuntó los instrumentos probatorios de la
fusión operada en concordancia con los términos
del Artículo 82 y siguientes de la Ley 19.550 y modificatorias.
Que la Dirección de Promoción de las Exportaciones
habiendo efectuado un análisis técnico estima que
la fusión no afecta el desarrollo del proyecto considerándolo
viable bajo la nueva titularidad.
Que la Delegación III de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS ha tomado intervención opinando que
la medida propuesta resulta legalmente viable.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo
6° de la Resolución M E. y O. y S.P. N° 502 del
7 de noviembre de 1995 y Decreto N° 1450 del 12 de diciembre
de 1996.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE.
Artículo 1º-Considérase a la firma MOLINOS
RIO DE LA PLATA S.A. continuadora del proyecto presentado por
FIDEAR S.A. cuyo beneficio en el marco de la Resolución
M.E. y O. y S.P. N° 502/95 fue acordado mediante el dictado
de la Resolución SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
N° 12 de fecha 12 de agosto de 1996, para la instalación
de una planta que estará afectada a la fabricación
de una nueva línea de pastas alimenticias.
Art. 2°-La firma MOLINOS RIO DE LA PLATA S.A., en
mérito a lo consignado en el Artículo 1°, asume
todos los derechos, obligaciones y responsabilidades que en virtud
de la Resolución S.I.C. y M. N° 12/96 le correspondieron
a FIDEAR S.A.
Art. 3°-A través de la DIRECCION DE PROMOCION
DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO
EXTERIOR notifíquese a la interesada.
Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase.-Alieto
A. Guadagni.