Secretaría General
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 967/98
Declárase de interés nacional al "Primer
Congreso de Alergia e Inmunología en Otorrinolaringología
del Mercosur" y "Segundo Congreso Argentino de Otorrinolaringología
en Alergia e Inmunología".
Bs. As., 21/8/98
B.O: 26/08/98
VISTO el Expediente Nº 2/302-11; 431-97-2 del Registro del
MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL por medio del cual tramita
la solicitud efectuada por la Asociación de Alergia, Asma
e Inmunología "Buenos Aires", de declarar de
interés nacional al "Primer Congreso de Alergia e
Inmunología en Otorrinolaringología del Mercosur"
y "Segundo Congreso Argentino de Otorrinolaringología
en Alergia e Inmunología", y
CONSIDERANDO:
Que es objetivo del acontecimiento crear y cultivar un ámbito
de trabajo común entre los profesionales latinoamericanos,
facilitando y estimulando la actualización y la discusión
académica, para que desde esa tarea científica se logre
la proyección comunitaria esperada, para beneficio de la
salud de la población.
Que la jerarquía y el prestigio de la entidad organizadora,
expositores y participantes del evento garantizan el alto nivel
académico con que se desarrollará el mismo.
Que los MINISTERIOS DE SALUD Y ACCION SOCIAL y de RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado la intervención
correspondiente dictaminando favorablemente.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas
por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y
sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º- Declárase de interés
nacional al "Primer Congreso de Alergia e Inmunología
en Otorrinolaringología del Mercosur" y "Segundo
Congreso Argentino de Otorrinolaringología en Alergia e
Inmunología", a realizarse del 11 al 14 de noviembre
de 1998, en la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.
Art. 2º- La declaración otorgada por el artículo
1º del presente acto administrativo no generará ninguna
erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001
- SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial,
y archívese.- Alberto A. Kohan.