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Resolución 987/98 del 26/08/98




Secretaría General


ADHESIONES OFICIALES


Resolución 987/98


Declárase de interés nacional a "Expo Forraje
y Lechería "98", a realizarse en la localidad de Bragado,
Provincia de Buenos Aires.


Bs. As., 26/8/98


B.O: 31/08/98


VISTO el Expediente N° 298/98 del Registro de la SECRETARIA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION por medio del cual tramita
la solicitud de declarar de interés nacional al evento
"Expo Forraje y Lechería "98", y

CONSIDERANDO:

Que la cuarta edición de esta muestra organizada por Revista
Chacra Editorial Atlántida y la Sociedad Rural Argentina
se efectuará sobre una superficie que supera las 200 hectáreas
de extensión.

Que se trata de una exposición internacional integral de
producción, utilización directa y conservación
de forraje, cría, invernada y tambo.

Que esta exhibición con maquinaria en movimiento, abarcará
toda la gama de expositores involucrados en todo el proceso de
implantación de pastura, la confección de reservas
de las mismas, dedicando primordial interés a los expositores
vinculados a sus consumidores, bovinos de carne y leche.

Que la lechería estará representada por expositores
involucrados en todo el proceso productivo, sanidad alimentación,
genética y maquinaria, culminando con la presencia de la
industria.

Que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA PESCA Y ALIMENTACION
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS estima
oportuno declarar de interés nacional al nombrado acontecimiento.


Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO ha tomado la intervención correspondiente dictaminando
favorablemente.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas
por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y
sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1º- Declárase de interés
nacional a "Expo Forraje y Lechería "98", a realizarse
en la localidad de Bragado, Provincia de Buenos Aires, entre los
días 15 al 18 de octubre de 1998.

Art. 2°- La declaración otorgada por el artículo
1º del presente acto administrativo no generará ninguna
erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001
- SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3°- Regístrese, publíquese, comuníquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Alberto A. Kohan.

Administracionius UNLP

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