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Resolución Conjunta 208/97 del 15/10/97




Secretaría de Hacienda y Secretaría de la Función
Pública



ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL



Resolución Conjunta 208/97



Sistema de formulación de presupuesto de gastos en personal
(PROA). Procesamiento y entrega de información de cargos
y horas de cátedra financiados, clasificados por unidad
organizativa. Plataforma mínima de información salarial
presupuestaria (Decreto N° 645/ 95). Entrega de los lotes
de información de los sistemas liquidadores de haberes
con los agentes identificados organizativamente. Registro de Personal
del SINAPA y Sistema de Información de Estructuras.



Bs. As., 15/10/97.



B. O.: 26/11/97.



VISTO la LEY N° 24629 de Reorganización Administrativa
y sus actos reglamentarios, los Decretos N° 558 del 24 de
mayo de 1.996 y N° 660 del 24 de junio de 1.996 y los Decretos
N° 998 del 30 de agosto de 1.996 y N° 1450 del 12 de
diciembre de 1.996 y sus respectivos modificatorios, aprobatorios
de las estructuras organizativas de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
respectivamente, el Decreto N° 645 del 4 de mayo de 1.995,
y


CONSIDERANDO:


Que la Reorganización Administrativa dispuesta por la Ley
N° 24629 y los citados Decretos reglamentarios reestructuraron
el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, generando un cambio
sustantivo en la organización del mismo que es necesario
evaluar y monitorear en forma permanente por parte de la SECRETARIA
DE LA FUNCION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
a través de las herramientas informáticas disponibles
en la Administración.


Que las estructuras organizativas aprobadas para la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS por los Decretos N° 998/96 y N° 1450/96, en
la parte correspondiente a la SECRETARIA DE LA FUNCION pública
y a la SECRETARIA DE HACIENDA respectivamente prever, en las acciones
de la Dirección Nacional de Organización y de la
Dirección Nacional de Ocupación y Salarios del Sector
Público, la coordinación de las tareas de ambas
Direcciones, relacionadas con la definición e implementación
de sistemas de procesamiento integral de información sobre
recursos humanos.


Que, en función de lo expresado precedentemente, es necesario
articular los distintos sistemas de información: - PROA,
Sistema de Formulación de Presupuesto de Gastos de Personal,
- Plataforma Mínima de Información Salarial Presupuestaria,
Decreto N° 645/ 95 - REPER, Registro de Personal, Res. SFP
N° 113/94, N° 233/94 y N° 050/96 y - SINE, Sistema
de Información de Estructuras para posibilitar la explotación
coordinada de los mismos por parte de los organismos competentes.



Que, en tal sentido, se deberá requerir de las Jurisdicciones
y Entidades del Poder Ejecutivo Nacional la aplicación
de la codificación uniforme elaborada por la Dirección
Nacional de Organización de la SECRETARIA DE LA FUNCION
PUBLICA, en los sistemas mencionados precedentemente y en otros
sistemas en donde se utilice la clasificación organizacional,
y consecuentemente en las entregas de información, originadas
en los mismos, a la Dirección Nacional de Ocupación
y Salarios del Sector Público de la SECRETARIA DE HACIENDA,
con el objeto de identificar unívocamente los cargos y
horas de cátedra y su ocupación desde el punto de
vista organizativo.


Que, en consecuencia se debe instrumentar el acto que disponga
la entrega de la información organizativa por parte de
las Jurisdicciones y Entidades del ámbito del Poder Ejecutivo
Nacional.


Que la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se encuentran facultadas para dictar
la presente medida en virtud de lo dispuesto en el Anexo al artículo
2° del Decreto N° 998/96 y en el Anexo al artículo
2° del Decreto N° 1450/96 y en los artículos
1° y 2° del Decreto N° 645/95.


Por ello,


LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS Y EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVEN:


Artículo 1°- Las Jurisdicciones y Entidades
alcanzadas por la Reorganización Administrativa, dispuesta
por la Ley N° 24.629 y sus Decretos reglamentarios, deberán
informar en las entregas de la Plataforma Mínima Salarial
Presupuestaria, implementada por el Decreto N° 645 del 4
de mayo de 1.995, en el Sistema de Formulación de Presupuesto
de Gastos en Personal (PROA), en el Registro de Personal (REPER)
y en el Sistema de Información de Estructuras (FINE), los
datos de identificación organizativa correspondientes a
los cargos y horas de cátedra previstos en el Presupuesto
General de la Administración Nacional vigente y su distribución
administrativa, en la forma y condiciones detalladas en el Anexo
al presente artículo que forma parte integrante de la presente
Resolución.


Art. 2°- El Nomenclador Unico de Organismos (NUDO),
necesario para implementar la identificación organizativa
en las Jurisdicciones y Entidades comprendidas por el artículo
1° de la presente Resolución, se incluye en el Anexo
al presente artículo que forma parte de la presente Resolución.
La SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA comunicará periódicamente
las modificaciones que se produzcan al Nomenclador.


Art. 3°- La SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA - Dirección
Nacional de Organización - y la SECRETARIA DE HACIENDA
- Dirección Nacional de Ocupación y Salarios del
Sector Público conjuntamente con los responsables de las
áreas de Recursos Humanos de las Jurisdicciones y Entidades
de la Administración Nacional determinarán los plazos
y condiciones de entrega de la información correspondiente
a cada sistema en que se aplique la identificación organizativa
contenida en dicho Nomenclador.


Art. 4°- La SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA y la
SECRETARIA DE HACIENDA serán los organismos de interpretación
de las disposiciones de la presente Resolución dentro de
sus respectivas competencias.


Art. 5°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Claudia E. Bello. - Pablo E. Guidotti.


ANEXO AL ARTICULO 1°


A. SISTEMA DE FORMULACION DE PRESUPUESTO DE GASTOS EN PERSONAL
(PROA)


PROCESAMIENTO Y ENTREGA DE INFORMACION DE CARGOS Y HORAS DE CATEDRA
FINANCIADOS, CLASIFICADOS POR UNIDAD ORGANIZATIVA


OBJETIVOS Y PAUTAS


1. Clasificar estructuralmente los cargos y horas de cátedra
financiados, contenidos en el Presupuesto General de la Administración
Nacional vigente y su distribución administrativa, con
los datos de identificación organizativa, contenidos en
el Nomenclador Unico de Organismos (NUDO), elaborado por la SECRETARIA
DE LA FUNCION PUBLICA, a partir de las estructuras aprobadas en
el proceso de Reorganización Administrativa, derivado de
la Ley 24629 y sus actos complementarios y modificatorios.


2. La clasificación deberá llevarse a cabo por JURISDICCION
(JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, MINISTERIO O SECRETARIA DE
LA PRESIDENCIA DE LA NACION) y ENTIDAD (ORGANISMO DESCENTRALIZADO
O INSTITUCION DE SEGURIDAD SOCIAL).


3. La citada clasificación se deberá establecer
a PRIMER NIVEL OPERATIVO DEPENDIENTE DE LA AUTORIDAD SUPERIOR
DE LA ENTIDAD.


4. La clasificación institucional será la vigente
a la fecha, aprobada por la estructura organizativa, dictada en
función de las disposiciones de la Ley 24629 de Reorganización
Administrativa y sus normas reglamentarias.


5. Los cargos clasificados de acuerdo con la identificación
organizativa no podrán exceder, por categoría, los
previstos en el Presupuesto General de la Administración
Nacional vigente y su distribución administrativa.


MODALIDAD DE OPERACION


1. La clasificación de los cargos financiados, previstos
en la Decisión Administrativa, distributiva de! Presupuesto
General de la Administración Nacional vigente, dentro de
la identificación organizativa, contenida en el NUDO, se
efectuará por medio del sistema PROA instalado en las Jurisdicciones
y Entidades.


2. Se entregará, en soporte magnético, una aplicación
del sistema por cada JURISDICCION, ORGANISMO DESCENTRALIZADO o
INSTITUCION DE SEGURIDAD SOCIAL, la que se incorporará
en el PROA existente en cada institución.


3. La aplicación contendrá una versión del
PROA con la distribución por cargos y horas de cátedra,
aprobada por la Decisión Administrativa del Presupuesto
General de la Administración Nacional vigente, clasificada
programáticamente por nivel escalafonario.


4. La mencionada distribución deberá reclasificarse
institucionalmente usando las opciones de menú TABLAS/UNIDADES
ORGANIZATIVAS y ESTRUCTURAS.


5. La opción de menú TABLAS/UNIDADES ORGANIZATIVAS
permite acceder a la carga de las unidades institucionales, a
partir de las cuales se clasificarán organizativamente
los cargos distribuidos con la apertura programática presupuestaria.



6. La opción del menú ESTRUCTURAS permitirá
distribuir los cargos por nivel escalafonario, en las unidades
institucionales previamente cargadas en la tabla correspondiente.



7. La carga deberá utilizar las aperturas N1, N2, N3 y
N4, previstas en la opción de menú TABLAS/UNIDADES
ORGANIZATIVAS.


Una vez completada la carga:


8. Listar la información, usando para ello las opciones
de menú del sistema PROA.


9. El listado generado por el sistema deberá ser rubricado
por el Representante Jurisdiccional del Area Administrativa y
posteriormente remitido, conjuntamente con el soporte magnético,
en sobre cerrado a la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, en los
plazos determinados como consecuencia de las disposiciones del
artículo 3° de la presente Resolución.


10. La recepción de los lotes de información será
en la Dirección Nacional de Organización, Av. Roque
Sáenz Peña N° 511, 2° piso, Capital Federal.



B. PLATAFORMA MINIMA DE INFORMACION SALARIAL PRESUPUESTARIA (Decreto
N° 645/95).


ENTREGA DE LOS LOTES DE INFORMACION DE LOS SISTEMAS LIQUIDADORES
DE HABERES CON LOS AGENTES IDENTIFICADOS ORGANIZATIVAMENTE.


OBJETIVOS Y PAUTAS


1. Clasificar estructuralmente los datos de los agentes de la
Administración, existentes en los sistemas liquidadores
de haberes, contenidos en la Plataforma Mínima de información
Salarial Presupuestaria.


2. La clasificación tiene por objeto identificar unívocamente
a cada agente público que ocupa un cargo u hora de cátedra
con su ubicación escalafonaria, presupuestaria y organizativa
dentro de cada jurisdicción y Entidad.


3. Es de aplicación lo descripto en los puntos 2, 3 y 4
de la sección A precedente.


MODALIDAD DE OPERACION


1. La inclusión de los datos de identificación organizativa
en la Plataforma Mínima de Información Salarial
Presupuestaria se ajustarán a las normas técnicas
y plazas que deben observar las Jurisdicciones y Entidades para
el cumplimiento del Decreto N° 645/95, establecidos por la
Resolución N° 222/95 de la Secretaría de Hacienda
y a los determinados en función de lo dispuesto en el artículo
3° de la presente Resolución.


2. El Anexo II -Normas de interfases con liquidadores de haberes-
de la citada Resolución, define las estructuras de archivo
que deben entregar los Organismos. Dentro de estas estructuras,
en la correspondiente al CABEZAL DE HABERES está previsto
el campo "Código de Unidad" para asentar la identificación
organizativa, dentro de la DESCRIPCION DEL CONTENIDO DE LA COLUMNA
DE ARCHIVO DE DATOS.


3. En el "Código de Unidad" se deberá
incorporar la identificación organizativa, contenida en
el Nomenclador Unico de Organismos (NUDO).


4. La identificación organizativa deberá incorporarse
para los cargos y horas de cátedra liquidados, incluso
para aquellos ocupados por agentes en situación de licencia
sin goce de haberes de cualquier naturaleza y cargos vacantes.



C. REGISTRO DE PERSONAL DEL SINAPA (REPER-DATA) Y SISTEMA DE INFORMACION
DE ESTRUCTURAS (SINE).


OBJETIVOS Y PAUTAS


1. Clasificar estructuralmente los datos de los agentes de la
Administración incorporados en el Registro de Personal
del SINAPA, de acuerdo a lo que establecen las Resoluciones SFP
N° 113/94, N° 233/94 y N° 050/96.


2. La clasificación tiene por objeto identificar unívocamente
a cada agente público con su ubicación escalafonaria
y organizativa dentro de cada jurisdicción y Entidad.


3. La clasificación institucional será la vigente
a la fecha, aprobada por la estructura organizativa, dictada en
función de las disposiciones de la Ley 24629 de Reorganización
Administrativa y sus Decretos reglamentarios.


MODALIDAD DE OPERACION


1. La información sobre estructura organizacional vigente
a la fecha, será registrada en el SINE mediante las opciones
correspondientes.


2. La información sobre estructura organizacional registrada
en el SINE, será informada al sistema REPER-DATA mediante
el procedimiento que se detalla en los ítems siguientes.



3. Ejecutar la opción 4 BASES PARA REPER-DATA del menú
MANTENIMIENTO que permite seleccionar las dependencias a informar.
Se registrará, si correspondiere, el código vigente
en el sistema REPER-DATA para facilitar la actualización
automática de los datos.


4. Copiar la base ORG TMP.DBF, creada en el punto anterior, en
el Directorio REPER, ejecutar la opción A ESTRUCTURA del
menú MANTENIMIENTO que actualiza los datos de estructura,
cargos y ubicación en la estructura.


NOTA: El Anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución puede verse publicado en el Boletín Oficial
de fecha 26/11/97, páginas 5 a 11.

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