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Resolución DGI N° 4109/1996




Dirección General Impositiva

IMPUESTOS

Resolución General 4109/96

Procedimiento. Promoción Industrial. Régimen opcional de desvinculación del sistema de sustitución de utilización de beneficios promocionales. Resolución General N° 4046 y sus modificaciones. Su modificación.

Bs. As., 17/1/96

VISTO las Resoluciones Generales Nros. 4046 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General N° 4064 se dispuso una ampliación de los plazos establecidos por la Resolución General N° 4046, para la presentación de los formularios de declaración jurada respectivos, por parte de los titulares de proyectos promovidos que ejercieron la opción de desvincularse del Sistema Nacional de Promoción Industrial con posterioridad al 28 de diciembre de 1992 y hasta la vigencia de la última norma mencionada.

Que en tal sentido, ante inquietudes puestas de manifiesto por las entidades representativas y conforme la evaluación efectuada por este Organismo, resulta aconsejable efectuar una nueva ampliación de los plazos de presentación previstos.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 5° y 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

Por ello

EL SUBDIRECTOR GENERAL A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA.

RESUELVE:

Artículo 1° — Modifícase la Resolución General N° 4046 y sus modificaciones, en la forma que se indica a continuación:

1. Sustitúyese en el segundo párrafo del artículo 16 la expresión "...hasta el día 7 de noviembre de 1995, inclusive,..." por la expresión "...hasta el día 7 de febrero de 1996, inclusive...".

2. Sustitúyese en el último párrafo del artículo 16 la expresión "... hasta el día 29 de diciembre de 1995, inclusive,..." por la expresión "...hasta el día 29 de marzo de 1996, inclusive,...".

Art. 2° — Las modificaciones establecidas en el artículo anterior tendrán efectos a partir de la vigencia de la Resolución General N° 4046.

Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Esparza.

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