Administración Federal de Ingresos Públicos
FACTURACION Y REGISTRACION
Resolución General 14/97
Procedimiento. Emisión de comprobantes. Controladores
Fiscales. Resolución General N° 4104, (DGI) sus modificatorias
y complementarias. Nómina de equipos homologados y empresas
proveedoras autorizadas.
Bs. As., 3/9/97
B.O: 8/9/97
VISTO el régimen de emisión de comprobantes a través
del empleo de Controladores Fiscales, establecido por la Resolución
General N° 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias,
y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo dispuesto por el Apartado C del Capitulo XI
del Anexo I de la referida norma, este Organismo debe homologar,
mediante el dictado de una resolución general, los equipos
que resulten aprobados para su comercialización, e informar
las respectivas empresas proveedoras autorizadas.
Que el mencionado pronunciamiento es indicativo del cumplimiento
de los requisitos y condiciones que han reunido los Controladores
Fiscales que se homologan, cuya aptitud surge del análisis
de los Informes de Evaluación Técnica del Instituto
Nacional de Tecnología Industrial, así como que
las empresas proveedoras inscriptas han constituido los avales
necesarios que requiere la norma citada en el visto.
Que lo expuesto, es sin perjuicio del cumplimiento de las demás
obligaciones que el régimen prevé, durante el lapso
de validez de la homologación.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección
de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por el articulo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de
julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1°-De acuerdo con lo dispuesto en
el Apartado C del Capitulo XI del Anexo I de la Resolución
General N° 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias,
se homologan los equipos denominados "Controlador Fiscal"
cuyas marcas, modelos y códigos asignados, con las respectivas
denominaciones de las empresas proveedoras y sus Claves Unicas
de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), se indican en
el Anexo que forma parte integrante de esta resolución
general.
Art. 2°-La homologación dispuesta en el artículo
anterior, así como la autorización de venta por
parte de las empresas proveedoras, tendrá una validez de
CINCO (5) años contados a partir del día de la publicación
de la presente en el Boletín Oficial, inclusive, siempre
que se cumpla durante dicho plazo, con los requisitos establecidos
por la Resolución General N° 4104 (DGI), sus modificatorias
y complementarias.
Art. 3°-Regístrese, publíquese, dese
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Carlos
A. Silvani.
ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 14
MARCA | MODELO | CODIGO ASIGNADO |
EMPRESA PROVEEDORA |
C.U.I.T. |
HASAR | SMH/P-950 F | HHA | COMPAÑIA HASAR S.A.I.C. | 30-61040056-2 |
HASAR | SMH/P-614 F | HHB | COMPAÑIA HASAR S.A.I.C. | 30-61040056-2 |
CRAMS | UN 1310-MFA | ZVA | JORGE PEREZ VALIÑO | 20-04192267-3 |